martes, 31 de enero de 2012

Expediente de contratación


Art. 31.- Expediente de contratación.- El expediente de contratación contendrá la información relevante prevista en el artículo 13 de este Reglamento General.


En el caso de compras por catálogo electrónico, el expediente de la entidad contratante se respaldará con los pliegos y antecedentes de la adquisición, la orden de compra y las actas de entrega recepción respectivas.


Toda la información será publicada en el Portal  
www.compraspublicas.gob.ec.


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