Art. 31.- Expediente de contratación.- El expediente de
contratación contendrá la información relevante prevista en el artículo 13 de
este Reglamento General.
En el caso de compras por catálogo electrónico, el expediente de la entidad contratante se respaldará con los pliegos y antecedentes de la adquisición, la orden de compra y las actas de entrega recepción respectivas.
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