EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Considerando:
Que el numeral 9 del artículo 10 de
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública faculta al
Instituto Nacional de Contratación Pública dictar normas administrativas,
manuales e instructivos relacionados con la ley;
Que es necesario establecer un
período de adaptación para el uso de la nueva ley, expedida mediante Suplemento
al Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto del 2008, para aquellas entidades
que no habían hecho uso del portal www.compraspublicas.gov.ec;
Que mediante Decreto Ejecutivo No.
1596 de 27 de febrero del 2009, publicado en el Registro Oficial No. 544-S de 9
de marzo del mismo año, se expidió la reforma a la Disposición Transitoria
Sexta del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública;
Que la Disposición General Sexta de
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública faculta al
Instituto Nacional de Contratación Pública para que, durante el primer año de
vigencia de la ley, establezca exoneraciones o disposiciones especiales para la
aplicación progresiva de sus normas; y,
En uso de
sus facultades legales,
Resuelve:
Expedir la
siguiente disposición modificatoria a la Resolución INCP No. 001-08.
Art. 1.- Reemplácese el texto del
artículo 4 por el siguiente: “Art. 4.- Hasta el 30 de abril del 2009,
exceptuase de los procedimientos de cotización y menor cuantía establecidos en
la ley, los cuales se realizarán de conformidad con las disposiciones que emita
la máxima autoridad de la entidad contratante. Durante este período, el
Instituto Nacional de Contratación Pública podrá dictar regulaciones que
deberán aplicar las máximas autoridades de las entidades contratantes para la
realización de estos procedimientos.”.
Art. 2.- Derógase el artículo 2 de
la Resolución INCOP No. 011-09 de 14 de enero del 2009, publicada en el
Registro Oficial No. 518-S de 30 de enero del 2009.
Disposición final.- La presente
resolución entrará a regir desde la fecha de su suscripción, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese
y publíquese.
Quito,
Distrito Metropolitano, 9 de marzo del 2009.
f.) Dr.
Jorge Luis González Tamayo, Director Ejecutivo, Instituto Nacional de
Contratación Pública.
REGISTRO
OFICIAL 557, 26-III-2009
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