MODELO DE PLIEGOS
CONTRATACIÓN DIRECTA
CONSULTORÍA
Actualizado en función de las
resoluciones INCOP Nos. 037-09 (27 de noviembre de 2009), 038-09 (9 de
diciembre de 2009), 039-2010 (27 de febrero de 2010) y 042 (16 de abril de
2010).
(Nombre de la Entidad Contratante)
CÓDIGO DEL PROCESO: (CDC) - (Siglas Entidad) – (Número correlativo) - (Año)
Objeto de Contratación: (Tipo de contratación
– Objeto del proceso de contratación)
(Ciudad) (Fecha)
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
ÍNDICE
SECCIÓN I
INVITACIÓN
SECCION II OBJETO
DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA
SECCION III
CONDICIONES GENERALES
3.1 Inhabilidades
3.2 Modelos
obligatorios de pliegos
3.3. Obligaciones
del oferente
3.4 Preguntas,
Respuestas y Aclaraciones
3.5 Entrega
de la oferta
3.6 Idioma
y autenticidad de los documentos de la oferta
3.7 Apertura
de la oferta
3.8 Convalidación
de errores de forma
3.9 Causas
de rechazo
3.10 Garantías
3.11 Cancelación
de procedimiento
3.12 Declaratoria
de procedimiento desierto
3.13 Adjudicatario
fallido
3.14 Administración
del contrato
3.15 Moneda
de cotización y pago
SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1
Cronograma del procedimiento de contratación directa
4.2 Vigencia de la oferta
4.3 Forma
de pago
4.4
Requisitos formales
4.5
Contenido de la oferta
4.6
Términos de referencia
SECCION V PROYECTO DE CONTRATO
SECCION VI MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario
No. 1 CARTA DE ACEPTACIÓN Y COMPROMISO
Formulario
No. 2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Formulario No. 3 EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIÓN DE
SERVICIOS DE CONSULTORÍA SIMILARES
SERVICIOS DE CONSULTORÍA SIMILARES
Formulario No. 4-A Trabajos ejecutados
Formulario
No. 4-B Trabajos en ejecución
Formulario
No. 5 LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO
Formulario No. 6 HOJA
DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
Formulario No. 7 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y
METODOLOGÍA
Formulario No. 8 OFERTA ECONÓMICA
Formulario
No. 9 REFERENCIA RESOLUCIÓN INCOP 037-09
(Para el caso de personas jurídicas)
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO
DEL PROCESO)
SECCIÓN I
INVITACIÓN
De acuerdo con los Pliegos de
Contratación Directa de Consultoría aprobados por (máxima autoridad de la entidad
contratante o su delegado), mediante (acto administrativo o decisorio)
(número) (fecha), se
invita a (…) (cuando
sea el caso de consultores extranjeros, se seguirá el procedimiento previsto en
el artículo 37 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública,
LOSNCP),
para que presente su ofertas técnica y económica para la realización de (objeto
de la contratación).
El
consultor invitado podrá realizar preguntas a través del Portal www.compraspublicas.gov,ec,
en un término no menor a una hora y no mayor a setenta y dos horas. La entidad
contratante responderá las preguntas formuladas o formulará aclaraciones, a
través del mismo medio, en un término no menor a una hora y no mayor a 72
horas, contado desde la fecha límite de recepción de preguntas.
El
invitado entregará su oferta técnica en
el término de (establecer días, sin que el término pueda ser mayor a seis
días, desde la recepción de la invitación), en la siguiente dirección: (establecer
dirección de la entidad contratante). Asimismo, deberá entregar los
formularios 1 y 2 a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, en la misma
fecha.
El Presupuesto Referencial es
de (valor en números y letras) dólares de los Estados Unidos de América,
más IVA.
El
objeto de esta consultoría debe ejecutarse en un plazo de (días, meses o
años).
Las condiciones generales de
esta invitación son las siguientes:
1.-
Los pagos de los servicios de consultoría se
realizarán con fondos propios, provenientes del presupuesto de la entidad
contratante, con cargo a la partida presupuestaria (número). Se otorgará
un anticipo del (establecer porcentaje en letras y números, no mayor al 70%)
del valor del contrato (de ser el caso) y/o el valor del contrato será pagado (establecer
en este espacio si el pago es mensual o por etapas, contra entrega de la
factura y del informe mensual o de la etapa correspondiente, el que deberá ser
aprobado a entera satisfacción de la entidad contratante, o contra entrega de todos los productos a
satisfacción de la misma).
3.- La evaluación de la propuesta se realizará en
función del cumplimiento de los parámetros establecidos en los Pliegos,
conforme lo dispone el numeral 19 del
artículo 6 de la LOSNCP.
(Ciudad
y fecha)
FIRMA DE LA MÁXIMA AUTORIDAD (O SU DELEGADO)
DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN II
2.1
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA
Este
proceso tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación
del contrato de prestación de servicios de consultoría (objeto de la
contratación).
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO
DEL PROCESO)
SECCION III
CONDICIONES
GENERALES
3.1
Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento
precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las
inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la
LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento
General de la LOSNCP.
De manera
obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la
Resolución INCOP No. 028-09 de 3 de julio de 2009.
3.2 Modelos
obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta
utilizando el modelo de pliego establecido por el INCOP.
(Conforme a lo
dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General de la LOSNCP, cada Entidad
Contratante deberá completar los modelos obligatorios. La entidad Contratante,
bajo su responsabilidad, podrá modificar y ajustarlos a las necesidades
particulares de cada proceso de contratación, siempre que se cumpla con la LOSNCP
y su Reglamento General, y el contenido de la información de la oferta se
solicite a través de los formularios que son parte del modelo de pliegos).
3.3
Obligaciones del Oferente: El oferente deberá revisar cuidadosamente los Pliegos y
cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido
del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con
relación a su oferta.
3.4 Preguntas,
Respuestas y Aclaraciones: De acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 4 de la Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009, los
proveedores podrán realizar preguntas sobre los pliegos a través del portal www.compraspublicas.gov.ec y la entidad contratante dentro
de la fecha límite constante en la invitación, emitirá respuestas que se
publicarán en el portal.
El término para la formulación de
preguntas no será menor a una hora, ni mayor a 72 horas, y se contará desde la
recepción de la invitación con los respectivos pliegos.
La entidad
contratante podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitirá aclaraciones o
modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto
referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los pliegos.
Todas las
aclaraciones se considerarán como alcance a los pliegos y recibidas por todos
los participantes, una vez que han sido publicadas en el Portal.
El término para
responder las preguntas formuladas o realizar aclaraciones por parte de la
entidad contratante, no será menor a una hora ni mayor a 72 horas, y se contará
desde el vencimiento del término establecido para la realización de preguntas.
3.5
Entrega de la oferta:
En
la fecha prevista en el cronograma del proceso, el invitado publicará en el
portal www.compraspublicas.gov.ec la carta
de aceptación y compromiso, y la identificación del oferente, en archivos
separados y utilizando los formatos que constan en la sección VI de estos
pliegos (formularios Nos. 1 y 2 ) En la misma fecha entregará
físicamente la oferta técnica, con los formularios solicitados según los
pliegos respectivos.
3.6
Idioma y autenticidad de documentos de la oferta
La
documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada
debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre
líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores
del oferente, en cuyo caso deberán salvarse rubricando al margen.
3.7 Apertura de la oferta
La
entidad contratante, una hora después del término límite para la presentación
de la oferta, iniciará la evaluación de la oferta presentada, para lo cual
abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la oferta técnica
como la económica, en función del cumplimiento de los parámetros establecidos
en los pliegos.
En
el caso de que se contrate la fiscalización de una obra pública, se aplicará de
manera obligatoria un margen de preferencia de diez (10) puntos, a favor del
oferente que acredite haber realizado el diseño o los estudios (o que haya
integrado el equipo respectivo) de la obra cuya ejecución se requiere
fiscalizar.[1]
La
entidad contratante convocará a una sesión de negociación con el consultor
invitado, a fin de ajustar los parámetros económicos, técnicos o jurídicos de
su propuesta, en función del cumplimiento del objeto de la contratación; se
suscribirá un acta de la negociación realizada, que deberá ser publicada a
través del Portal, si el resultado de la misma ha sido satisfactorio. En caso
de que la negociación no haya llegado a buen término, se dejará constancia del
particular. Si la negociación es satisfactoria para las partes, la máxima
autoridad de la entidad contratante adjudicará en contrato respectivo.
3.8 Convalidación de errores de
forma: Si se presentaren errores de
forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de
entre 2 a 5 días, contado a partir de la fecha de notificación, a criterio de
la entidad contratante. Así
mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su
oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la
misma, conforme al artículo 23 del
Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, la entidad contratante podrá recibir físicamente
los documentos correspondientes.
La
entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las
ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los
errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a
través del portal www.compraspublicas.gov.ec en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de
convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales
errores para efectos de ser calificados.
Si la entidad contratante, al analizar las
ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se
deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido
a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma
notificados.
3.9 Causas de Rechazo:
a) Si se hubiera entregado
la Oferta en otro lugar o después de la hora establecida para ello;
b) Si no cumplieran los
requisitos exigidos en los presentes pliegos;
c) Cuando la Oferta contenga
errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser
considerados errores de forma o mediante corrección aritmética y que afecten
notoriamente el monto total de la oferta;
d) Si el contenido de los
formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o modificándolos,
de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del
contrato;
e) Si se presentaran
documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser
convalidados.
3.10 Garantías: Si la entidad contratante ha
previsto la entrega de un anticipo, se deberá presentar la garantía prevista en
el artículo 75 de la LOSNCP, en cualquiera de las formas previstas en el
artículo 73 de la misma ley.
La garantía se
devolverá conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.
El valor máximo por concepto de
anticipo en contratos de consultoría será del setenta por ciento (70%) del
monto total del contrato. [2]
3.11
Cancelación del Procedimiento: En
cualquier momento comprendido entre la invitación y hasta 24 horas antes de la
fecha de presentación de la oferta, la máxima autoridad de la entidad
contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución
debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la
LOSNCP.
3.12 Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima
autoridad de la Entidad Contratante, antes de resolver la adjudicación, podrá
declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en los numerales 1,
2 y 4 del artículo 33 de la LOSNCP.
Dicha
declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad
de la Entidad Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, (la
máxima autoridad) podrá disponer su archivo o su reapertura.
3.13 Adjudicatario Fallido: En
caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término
previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad
Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta
condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la
LOSNCP.
3.14 Administración
del Contrato: La entidad contratante designará de
manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno
cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato.
Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e
impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
3.15 Moneda de
cotización y pago
La ofertas
deberá presentarse en dólares de los Estados Unidos de América y los pagos se
realizarán en la misma moneda.
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCION
IV
CONDICIONES
ESPECÍFICAS
4.1 CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE
CONTRATACIÓN DIRECTA
(Las
fechas asignadas deberán considerarse en días hábiles, no se deberán contemplar
fechas de fin de semana, ni feriados).
DETALLE
|
FECHA
|
HORA
|
Fecha de
Publicación
|
|
|
Fecha Límite de
Preguntas
|
|
|
Fecha Límite de
Respuestas y Aclaraciones
|
|
|
Fecha Límite
Entrega de Ofertas Técnica y Económica
|
|
|
Fecha de Apertura
de Ofertas
|
|
|
Fecha Inicio
evaluación de la Oferta
|
|
|
Fecha límite para
publicar resultados finales
|
|
|
Fecha Estimada de
adjudicación
|
|
|
El término para la convalidación de errores será de (número
de días). (La Entidad Contratante está obligada a cumplir con esta fase
de manera responsable, analizando todos los errores de forma susceptibles de
convalidación, a fin de realizar las notificaciones respectivas).
Si la entidad contratante, al analizar las
ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se
deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido
a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma
notificados, para lo cual se tomará en cuenta el siguiente cronograma que
contemplará una nueva fecha de adjudicación:
Concepto
|
Día
|
Hora
|
Fecha Límite para
solicitar convalidación de errores
|
|
|
Fecha Límite para
convalidación errores
|
|
|
Fecha estimada de
Adjudicación
|
|
|
4.2 VIGENCIA
DE LA OFERTA
La vigencia de la oferta es de (establecer vigencia en letras y números)
días, sin embargo la Entidad Contratante podrá prorrogar el plazo previsto
hasta la fecha de celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 30 de la LOSNCP.
4.3 FORMA DE PAGO
Los
pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos del presupuesto
de (entidad contratante), con cargo a la partida presupuestaria No. (número),
de acuerdo a lo establecido en estos pliegos y siguiendo las siguientes
opciones:
Otorgamiento
de anticipo del (%) del valor del contrato, más pago(s) total, parcial o por
producto.
Un
solo pago o varios pagos contra entrega del respectivo informe final, parcial o
por producto.
Cualquier
otra determinada por la entidad contratante.
4.3.1 FORMA DE PAGO EN LOS CONTRATOS DE
FISCALIZACIÓN DE OBRA.
En los procedimientos
de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán
detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la
prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de
consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa relación con el
costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente
monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar
referido o fijado como un porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.
Por consiguiente, en
los contratos de fiscalización de obra, el pago se realizará en proporción directa
con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no será posible
establecer en el contrato de fiscalización de obra, formas de pago distintas o
por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato
de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra,
obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje que
será aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra: el valor
resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto
del servicio de fiscalización de obra.[3]
4.4 REQUISITOS FORMALES
Los documentos que contiene la oferta deberán estar
foliados y rubricados por el consultor, representante legal o procurador común;
se insertará, además, su correspondiente índice.
El sobre se cerrará con suficientes seguridades que
impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularán con la
siguiente leyenda:
CONTRATACIÓN DIRECTA DE CONSULTORÍA
(Código
del proceso)
OFERTA
(TECNICA O ECONOMICA)
(Original
y copia)
Señor
(Máxima
autoridad de la entidad contratante)
Ciudad.-
Participante:
______________________________
4.5 CONTENIDO DE LA OFERTA
1. Carta de Aceptación y Compromiso, Formulario Nº
1;
2. Identificación del Oferente, Formulario Nº 2;
3.
Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa disponible;
4.
Experiencia específica, Formulario No. 3
El proponente acompañará
certificaciones relativas a los servicios similares ejecutados y en ejecución Formularios Nos. 4-A y 4-B
5.
Antecedentes y experiencia del personal que será asignado al Proyecto,
demostrada a través de los siguientes documentos:
a)
Lista del personal asignado al proyecto (de ser
el caso), Formulario No. 5
b)
Hoja de Vida de los profesionales asignados:
Formulario No. 6;
6.
Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las
condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de
consultoría: Formulario No. 7;
7.
La propuesta económica en forma detallada: Formulario No. 8;
El
oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos
para la prestación de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios
para directivos, profesionales, técnicos y personal auxiliar; pasajes y
viáticos, impuestos, tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes
ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos
administrativos, arrendamiento de locales, etc.
La entidad no aceptará reclamos
posteriores por costos no contemplados en la oferta;
8.
Cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución INCOP No. 028-09, para el caso
de personas jurídicas: Formulario No. 9.
4.6
TÉRMINOS DE REFERENCIA
NOTA:
Las entidades contratantes detallarán los Términos de Referencia, de acuerdo
con la naturaleza de la contratación, usando como parámetros los siguientes:
4.6.1 OBJETO DE LA CONSULTORÍA
(Detallar
el objeto de la contratación)
4.6.2 ALCANCE Y PROFUNDIDAD DE LA CONSULTORÍA
4.6.3 PRODUCTOS ESPERADOS
4.6.4 INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD Y QUE SE
PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
4.6.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
4.6.6 ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGÍA DE
TRABAJO
4.6.7 TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA (de ser
aplicable)
4.6.8 PRESUPUESTO REFERENCIAL
4.6.9 MARCO LEGAL
En
el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría,
se deben considerar lo establecido en la
LOSNCP, su Reglamento General y las Resoluciones emitidas por el INCOP.
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN V
PROYECTO
DE CONTRATO
COMPARECIENTES
Intervienen en la celebración del presente contrato,
por una parte, (la entidad contratante), legalmente representada por (lObjeto de Contratación: (Tipo de
contratación – Objeto del proceso de contratación)a
máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado),
(Nombre) y por otra el consultor (si es persona natural por sus
propios derechos), la consultora (si es persona jurídica nacional o
extranjera nombre del representante legal o apoderado, según el caso), los
mismos que para efectos del presente contrato se denominarán La “(entidad
contratante)” y el (CONSULTOR),
respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA:
ANTECEDENTES
1.1.
La máxima autoridad (designación o cargo) de
la entidad contratante, mediante Resolución No. …de fecha…aprobó los pliegos y
demás documentos del proceso.
1.2.
La invitación para (objeto
de la contratación), publicada en el Portal www.compraspublicas.gov.ec, el día …
de (mes) de (año),
(y sus alcances).
1.3 El acta de negociación suscrita el (día)
de (mes) de (año), entre la (CONTRATANTE) y el (CONSULTOR).
1.6 El Director Financiero de (entidad
contratante), con Memorando No…., de (día) de (mes) de (año),
certifica la existencia de partida presupuestaria y disponibilidad actual y
futura de los recursos económicos para el financiamiento de este contrato.
1.7. La resolución de adjudicación realizada
por la máxima autoridad (designación o cargo) de fecha… publicada y
notificada en el Portal www.compraspublicas.gov.ec el día……………..
1.8 Con memorando No…., (día) de (mes)
de (año), (Máxima Autoridad)
dispone la elaboración del presente contrato.
SEGUNDA:
DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente contrato los
siguientes documentos:
a)
Los
que acrediten la calidad del compareciente y su capacidad para celebrar el
contrato.
b)
Copia
certificada del Poder o, nombramiento de
representante legal… (nombre), en su calidad de… de la
Consultora.
c)
Copia
certificada de la Comunicación Número (…) de(fecha) mediante la cual se
notificó con la resolución de Adjudicación del contrato.
d)
El Acta de Negociación de la
oferta técnico-económica.
e)
Certificado
de habilitación del RUP.
f)
Los
Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos.
g)
La oferta negociada
h)
Las garantías presentadas por
el CONSULTOR y aceptadas por la (entidad contratante).
TERCERA: INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TERMINOS
Los términos del Contrato deben
interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo
objeto revele claramente la intención de la contratante. En todo caso su
interpretación sigue las siguientes normas:
3.1 Cuando los términos están definidos y son
claros, se atenderá su tenor literal.
3.2
Si no están definidos se estará a lo
dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el
objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.3 En su falta o insuficiencia se aplicarán
las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del
Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
3.4 De
existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo,
prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los
documentos del Contrato, será la (Entidad Contratante) la que determine
la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
CUARTA:
OBJETO DEL CONTRATO
El
CONSULTOR, se obliga para con la (entidad contratante) a prestar el (objeto de la contratación). Los
trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del
Contrato y de acuerdo a los documentos que se indican en la cláusula Segunda.
QUINTA:
OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
En
virtud de la celebración del contrato, el CONSULTOR se obliga para con la (entidad
contratante) a prestar servicios de (DEFINIRÁ LA ENTIDAD CONTRATANTE)
y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la
Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de
referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos
contractuales.
5.1 Personal asignado al proyecto: Para
el cumplimiento de los servicios de Consultoría, el CONSULTOR ocupará durante
la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme
al cronograma de actividades aprobado.
5.2 Sustitución del personal: Dicho
personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del
Administrador del Contrato.
En
caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de
los profesionales que el CONSULTOR asigne al proyecto, serán sometidos
previamente a la aprobación y aceptación de la (ENTIDAD CONTRATANTE). En
todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a
sustituirse.
5.3 Sustitución obligatoria del personal: A
solicitud de (ENTIDAD CONTRATANTE), fundamentada en la ineficiencia
comprobada del personal, el CONSULTOR, a su costo, deberá cambiar uno o más de
los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.4 Personal adicional: En
caso de que el necesite personal adicional al indicado en su oferta
técnico-económica, solicitará a la (ENTIDAD CONTRATANTE) su aprobación. Igualmente para efectuar
cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, el CONSULTOR deberá
solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.
SEXTA:
ALCANCE DE LOS TRABAJOS
En
cumplimiento del objeto del presente contrato, el CONSULTOR se compromete a
prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean
necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a
continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD).
El
CONSULTOR se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)
SEPTIMA:
OBLIGACIONES DE LA (entidad contratante)
Son
obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras
cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:
- Cumplir con las obligaciones establecidas en el
contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.
- Dar solución a los problemas que se presenten
en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
- De ser necesario, tramitar los contratos
complementarios que sean del caso.
- Las demás, propias de cada contrato.
OCTAVA:
PLAZO
El CONSULTOR
deberá entregar la totalidad del trabajo, materia del presente contrato de
servicios de consultoría a través de un Informe Final, en el plazo de (Definirá la Entidad Contratante).
NOVENA: PRÓRROGA DE PLAZO
La (entidad contratante) podrá extender el
plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a
continuación, a solicitud del CONSULTOR en un término de hasta dos (2) días de
suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad:
a) Por
caso fortuito o fuerza mayor aceptado por la (entidad contratante), en
los términos establecidos en el artículo 30 del Código Civil.
b) Cuando
se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el
cronograma por orden de la (entidad contratante) y que no se deban a
causas imputables al CONSULTOR.
Al aceptar la prórroga, la (entidad contratante)
definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá
al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá el
mismo valor contractual del sustituido.
DECIMA: VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El monto total de los servicios de consultoría objeto
del presente contrato es de (Monto en letras) dólares de los Estados
Unidos de América (USD monto en números) más IVA.
El valor estipulado en el numeral anterior será pagado
por la (entidad contratante) a l CONSULTOR de la siguiente forma:
El (%) del valor total estimado del presente
Contrato, esto es la suma de (cantidad
en números y letras, no mayor al setenta por ciento) en calidad de anticipo
(de ser el caso), luego de la suscripción del presente Contrato, una vez que el
CONSULTOR haya presentado la correspondiente garantía por anticipo, prevista en
la LOSNCP, por igual valor y a satisfacción de la (entidad contratante).
El anticipo será amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato.
El valor restante se pagará de acuerdo a los pliegos.
La entrega del anticipo deberá
ocurrir dentro de los quince días (15) calendario posteriores a la suscripción
del contrato.
La forma de pago puede hacerse también bajo la
modalidad de pago único o por pagos,
mensuales, sucesivos, por fases o por producto.
Será responsabilidad de la (ENTIDAD CONTRATANTE)
efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes
correspondientes.
DÉCIMA
PRIMERA: REAJUSTE DE PRECIOS
El
valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios, se
reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios
unitarios estipulados, acorde con lo establecido por los artículos 142 y 143
del Reglamento General de la LOSCNP
DÉCIMA
SEGUNDA: MULTAS
Por
cada día de retardo en la entrega (del objeto producto de la consultoría) el CONSULTOR, se obliga a pagar la cantidad
de (Fijará la entidad contratante, el monto de la multa por día de retraso
no podrá ser inferior al 1 por mil del valor total del contrato reajustado).
DÉCIMA TERCERA: ADMINISTRACIÓN
Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La (entidad contratante) designa como
“Administrador del Contrato” a (nombre administrador designado por la máxima
autoridad), persona con quien el CONSULTOR, deberá canalizar y coordinar
todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas.
El Administrador de este Contrato, queda autorizado
para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que
se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer
el CONSULTOR, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el
presente instrumento.
El Administrador será el encargado de velar por el
cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte del
CONSULTOR, y la administración de las garantías, durante todo el periodo de
vigencia del contrato.
Respecto de su gestión reportará a (la máxima
autoridad) de la (entidad contratante), debiendo comunicar todos los
aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que
pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los
informes que emita el CONSULTOR y suscribirá las actas que para tales efectos
se elaboren.
DÉCIMA
CUARTA: GARANTÍAS
14.1
Garantía del Buen Uso del Anticipo: Para
garantizar el anticipo que la contratante le otorga, al CONSULTOR entregará a
favor de la contratante, en forma previa a recibirlo, una garantía de las
señaladas en los artículos 73 y 75 de la LONSCP, por un monto equivalente al
total del mencionado anticipo.
14.2 Renovación de las Garantías:
El CONSULTOR se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas
mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas a
más tardar cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento, caso contrario, la
entidad contratante solicitará al garante que haga efectivo su valor.
14.4 Devolución de las Garantías:
Una vez que se haya producido la recepción definitiva, real o presunta de los trabajos de Consultoría, se procederá
a la devolución de la totalidad de la garantía de fiel cumplimiento del
contrato.
La
garantía de buen uso del anticipo se devolverá cuando éste haya sido devengado
en su totalidad.
14.5 Ejecución de la garantía de buen uso del
anticipo:
La garantía que asegura el buen uso del
anticipo será ejecutada, en caso de que el CONSULTOR no pague a la ENTIDAD
CONTRATANTE el saldo adeudado, después de diez días de notificado con la
liquidación del contrato.
DECIMO
QUINTA: CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
Si por causas imprevistas o
técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o
complementar el alcance de
este contrato, la ENTIDAD CONTRATANTE
podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de los contratos
complementarios no exceda del 70 % del
valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que la (ENTIDAD
CONTRATANTE) resuelva la realización del contrato complementario. Esta
actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de
precios que consten en los respectivos contratos
principales.
El CONSULTOR deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la
ley.
DECIMA
SEXTA: ACTA DE ENTREGA- RECEPCION
La entidad contratante podrá, dentro del término de 10
días contados a partir de la solicitud de recepción del CONSULTOR, negarse a recibir
el servicio (objeto de la consultoría) por razones justificadas,
relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por
el contratista. La negativa se notificará por escrito al CONSULTOR y se dejará
constancia de que la misma fue practicada.
Vencido
el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante
objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento
del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo
cual el CONSULTOR notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario
público.
Una
vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el
CONSULTOR entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya
fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La
entidad contratante dispondrá del término de
(15) días para la emisión de observaciones y el CONSULTOR de (15)
días, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe
final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes,
en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones
pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final
definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el articulo 123 inciso
tercero del Reglamento General.
DECIMO SEPTIMA: LABORAL
El CONSULTOR asume de forma exclusiva la
responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias
establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos
que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica
del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En
consecuencia, la (ENTIDAD CONTRATANTE) está exenta de toda obligación
respecto del personal del CONSULTOR. Sin perjuicio de lo cual, la (ENTIDAD
CONTRATANTE) ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de
ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad
competente.
DECIMO OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato termina por las
siguientes causales:
- Por
cumplimiento de las obligaciones contractuales;
- Por
mutuo acuerdo de las partes;
- Por
sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la
resolución del mismo a pedido del CONSULTOR;
- Por
declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del
CONSULTOR; y,
- Por
muerte del CONSULTOR o por disolución de la persona jurídica CONSULTORA
que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos
competentes de tal persona jurídica.
18.1 Terminación
por mutuo acuerdo.-
Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de
fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses
de las partes, ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán,
por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las
obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren.
La terminación por mutuo acuerdo no
implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la Entidad
Contratante o deL CONSULTOR.
Dicha entidad no podrá celebrar
contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista.
18.2 Terminación
unilateral del contrato.-
La Entidad Contratante podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el
presente contrato a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos:
1. Por incumplimiento del CONSULTOR;
2. Por quiebra o insolvencia del
CONSULTOR;
3. Si el valor de las multas supera
el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato;
4. Por suspensión de los trabajos,
por decisión del CONSULTOR, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza
mayor o caso fortuito;
5. Por haberse celebrado contratos
contra expresa prohibición de esta Ley;
6. En los demás casos estipulados en
el contrato, de acuerdo con su naturaleza; y,
7. La Entidad Contratante también
podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante
circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza
mayor debidamente comprobadas, el CONSULTOR no hubiere accedido a terminar de
mutuo acuerdo el contrato. En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel
cumplimiento del contrato ni se inscribirá a l
CONSULTOR como incumplido.
En este último caso, el CONSULTOR
tiene la obligación de devolver el monto del anticipo no amortizado en el
término de treinta (30) días de haberse notificado la terminación unilateral
del contrato en la que constará la liquidación del anticipo, y en caso de no
hacerlo en el término señalado, la entidad procederá a la ejecución de la
garantía de Buen Uso del Anticipo por el monto no devengado. El no pago de la
liquidación en el término señalado, dará lugar al pago de intereses desde la
fecha de notificación; intereses que se imputará a la garantía de fiel
cumplimiento del contrato sin perjuicio de acudir al procedimiento coactivo
para su cobro.
El procedimiento a seguirse para la
terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
18.3 Terminación
por causas imputables a la entidad contratante.- El CONSULTOR podrá demandar la
resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Entidad
Contratante:
1. Por incumplimiento de las
obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días;
2. Por la suspensión de los trabajos
por más de sesenta (60) días, dispuestos por la entidad sin que medie fuerza
mayor o caso fortuito;
3. Cuando, ante circunstancias técnicas
o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente
comprobadas, la Entidad Contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo
acuerdo el contrato.
En ningún caso se considerará que
las Entidades Contratantes se hallan en mora del pago, si el anticipo entregado
no ha sido devengado en su totalidad.
DECIMO
NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
La (entidad contratante) y el CONSULTOR
convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra
parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada
confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en
beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. El
incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este
contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones
correspondientes por daños y perjuicios.
El CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores
quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto
materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos
académicos, salvo autorización por escrito de (entidad contratante).
VIGESIMA: RESPONSABILIDAD
El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de
la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad
en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a
ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas
en la materia aplicable en el Ecuador.
VIGESIMA PRIMERA: PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
El CONSULTOR está prohibido de ceder en forma alguna,
ni la totalidad ni parte de este contrato.
VIGESIMA SEGUNDA: DE LA SUBCONTRATACIÓN
El CONSULTOR únicamente podrá subcontratar, conforme a
lo establecido en el artículo 79 de la LOSNCP.
La subcontratación de servicios de apoyo previstos en
la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del
Reglamento General.
VIGESIMA
TERCERA: DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS
23.01 (SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN
CONVENCIONAL, SE UTILIZARÁN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS)
Si se suscitaren divergencias o
controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando
las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los
métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de
Mediación y Arbitraje (poner nombre del Centro).
Para que proceda el arbitraje en
derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador
General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República
del Ecuador.
Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las
controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e
interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
Mediación; Toda controversia o diferencia
relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será
resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de (poner
nombre del Centro) en el evento de que el conflicto no fuere resuelto
mediante este procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes
reglas:
Arbitraje:
1.
El
arbitraje será en Derecho;
2.
Las
partes se someten al Centro de Arbitraje de (poner nombre del Centro)
3.
Serán
aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del
reglamento del Centro de Arbitraje de (poner nombre del Centro);
4.
El
Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según
acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se
constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del
Tribunal será el previsto en la Ley y el Reglamento del Centro (poner nombre
del Centro);
5.
Los
árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva
la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de
árbitros del Centro;
6.
Los
asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las
sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria;
7.
La
legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación,
ejecución y liquidación;
8.
La
sede del arbitraje es la ciudad de (poner nombre Ciudad); y,
9.
El
idioma del arbitraje será el Castellano
23.02 (SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA, SE
UTILIZARÁ LA SIGUIENTE CLÁUSULA).
Si respecto de la divergencia o divergencias existentes
no existiere acuerdo, las partes deciden someterlas al procedimiento
establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este
caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo
Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la
Entidad del sector público; y, respecto de las entidades de derecho privado
estas recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se
ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la entidad contratante).
23.3
La
legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el
Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo
relacionado con este Contrato. Si el Contratista incumpliere este compromiso,
la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer
efectiva las garantías.
VIGÉSIMA
CUARTA: DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES
La
(entidad contratante) retendrá de cada pago que haga el CONSULTOR el
porcentaje correspondiente al impuesto a la renta.
Será
de cuenta del CONSULTOR, el pago de los gastos notariales, de protocolización.
VIGÉSIMA
QUINTA: LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los servicios que son objeto del presente Contrato, se
los ejecutará en….
El CONSULTOR deberá mantener una oficina en la ciudad
de (…) y que permita la coordinación con (entidad contratante).
VIGÉSIMA SEXTA:
ESTIPULACIONES GENERALES
26.1 El presente contrato es intransferible y no podrá
cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que
disponen los artículos 78 de la LOSNCP.
La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso
segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General.
26.2 Será de
responsabilidad del CONSULTOR todo pago que deba hacer a terceros
subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de
servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos
de Referencia.
26.3 La
propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución
de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA objeto de este Contrato serán de la (ENTIDAD
CONTRATANTE). El CONSULTOR podrá referirse a ellos o citarlos como
antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones
científicas.
26.4 Los resultados de la ejecución de LOS SERVICIOS
DE CONSULTORÍA no podrán ser utilizados por la (entidad contratante) o
cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del
proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el
Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a el
CONSULTOR la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin
embargo, la (entidad contratante)
sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual
hubiese pagado su valor.
26.5 Todos los
informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado
de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de la (entidad
contratante), en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.
VIGESIMA SEPTIMA: DOMICILIO,
JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO
Para todos los efectos de este contrato, las partes
convienen en señalar su domicilio (entidad contratante).
Las
controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera
de este contrato.
Para
efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección,
las siguientes:
(Entidad
contratante): (dirección y teléfono)
(Consultor):
(dirección y teléfono).
CONTRATACIÓN DIRECTA CONSULTORÍA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
SECCIÓN VI
MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario
No. 1
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
CARTA DE ACEPTACIÓN Y COMPROMISO
Señor
……………..
MÁXIMA AUTORIDAD ENTIDAD CONTRATANTE
Señor ………….:
Yo, _______________________________, como (por mis propios
derechos, en mi calidad de consultor, representante legal o procurador común)
, declaro bajo juramento que:
a)
Me comprometo a suministrar el personal,
equipo y materiales requeridos para
realizar (objeto de la contratación).
b)
La única persona o
personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que
incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan
sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
c)
Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa
general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión,
ciencia u oficio.
d)
Al presentar esta oferta, considera todos los costos
obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual,
especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de
seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
e)
Se allana, en caso
de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los
numerales b, c, y d, que anteceden, a que la entidad contratante le
descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato,
según sea el caso.
f)
La propuesta se encuentra formulada de
acuerdo a las exigencias y condiciones de los pliegos y documentos del
concurso, en forma independiente y sin conexión con otro u otros participantes;
es en todo aspecto honrada y de buena fe.
g)
He procedido a estudiar los pliegos,
inclusive los alcances emitidos, por lo que me encuentro satisfecho del
conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por
consiguiente renuncio a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento
de los pliegos.
h)
Conozco que la (entidad contratante)
podrá adjudicar, declarar desierto o
cancelar el concurso, si así conviniere a los intereses nacionales e
institucionales.
i)
En caso de ser adjudicado, me comprometo
a suscribir el contrato de consultoría
en un plazo de 15 días después de la adjudicación, previo el
cumplimiento de los correspondientes requisitos.
j)
Declara bajo
juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o
servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o
trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este
compromiso, estar dispuesto a que la Entidad Contratante, observando el debido
proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como
resultado de esta invitación a ofertar y me allano a responder por los daños y
perjuicios que estos actos ocasionen.
k)
Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en
las inhabilidades para contratar previstas en los artículos 62 y 63 de la
LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor o Representante Legal)
Formulario
No. 2
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
(Consultor o Firma Consultora)
1.- Nombre del consultor o firma consultora
________________________________________________________
2.- Dirección de la Sede
País
|
|
Ciudad
|
|
Calle
|
|
No.
|
|
Teléfonos
|
|
Fax
|
|
Correo electrónico
|
|
|
|
3.- Dirección en el Ecuador
Ciudad
|
|
Cantón
|
|
Calle
|
|
No.
|
|
Teléfonos
|
|
Fax
|
|
Correo electrónico
|
|
|
|
4.-
Socios
Nombre
|
RUC
|
No. de acciones
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Lugar
y Fecha
__________________________
(Firma
y Nombre)
(Consultor
o Representante Legal)
FORMULARIO No. 3
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
EXPERIENCIA
DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIÓN DE
SERVICIOS
DE CONSULTORÍA SIMILARES
(EXPERIENCIA
ESPECÍFICA)
1.
Nombre del Proyecto:
|
2.
Nivel
|
3.
Localización: País: Región (provincia) Ciudad:
|
4.
Fecha de iniciación (mes y año):
|
5.
Fecha de finalización (mes y año):
|
6.
Monto del contrato de consultoría (en USD):
|
7.
Nombre y porcentaje de participación de las demás
firmas que intervinieron en la ejecución de los servicios de consultoría (de
ser el caso):
|
8.
Descripción de los servicios de consultoría
prestados por el Consultor:
|
9.
Cliente:
|
10.Dirección,
teléfono y correo electrónico del cliente:
|
Lugar
y fecha
|
|
Nombre
y Firma del Consultor o Representante Legal
|
NOTA:
Utilizar un
formulario por cada experiencia
Formulario
No. 4-A
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
ANEXOS
(Para
trabajos ejecutados)
C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico
que la (nombre del consultor o firma
consultora), en virtud del contrato celebrado el (día) de (mes)
de (año) ha realizado satisfactoriamente
para (nombre de la entidad)
el (objeto del contrato de
consultoría), cuyas actividades principales fueron:
a)
______________________
b)
______________________
c)
______________________
La
ejecución del contrato se inició el (día) de (mes) (año) y concluyó el (día)
de (mes) (año).
Los
profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el
proyecto fueron:
1.-
2.-
3.-
El
valor del contrato alcanzó la suma de (valor
indicado en letras y números, en la moneda del contrato) equivalente a (valor
indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a
la fecha del último pago.
Lugar
y Fecha
__________________________
(Firma
y Nombre)
(Consultor
o Representante Legal)
Formulario No.
4-B
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
Anexo
(Para
trabajos en ejecución)
C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico
que la (nombre del consultor o firma
consultora), en virtud del contrato celebrado el (día) de (mes)
de (año) se encuentra realizando
satisfactoriamente para (nombre de la entidad) ___________________________________________
(nombre del contrato de consultoría), cuyas actividades principales son:
a)
______________________
b)
______________________
c)
______________________
La
ejecución del contrato se inició el (día) de (mes) de (año) y su
conclusión se prevé para el (día) de (mes) de (año)
Los
profesionales que participan en la ejecución del proyecto son:
No. de orden:
|
1) Titulo y nombre del profesional
|
2) Posición en la firma
|
3) Actividad en el proyecto
|
4) Tiempo h/mes
|
1.-
|
|
|
|
|
2.-
|
|
|
|
|
El
valor estimado del contrato es de (valor
indicado en letras y números, en la moneda del contrato) equivalente a (valor indicado en letras y números)
dólares de los Estados Unidos de América, a esta fecha.
Lugar
y Fecha
__________________________
(Firma
y Nombre)
(Consultor
o Representante Legal)
Formulario
No. 5
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre
Completo
|
Título
Profesional
|
Nacionalidad
|
Cargo
|
Tiempo
Participación
(meses)
|
Porcentaje
Participación
sobre total
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Lugar
y Fecha
__________________________
(Firma
y Nombre)
(Consultor
o Representante Legal)
Formulario
Nº 6
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
HOJA
DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
1. Nombres
completos:
_____________________________________________________________
2. Lugar
y fecha de nacimiento:
_____________________________________________________________
3. Nacionalidad:
_____________________________________________________________
4. Título
profesional y post-grados:
Institución
|
País
|
Fecha de Graduación
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
5. Cursos
de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que
desarrollará en relación al proyecto
Nombre
evento
|
País
|
Desde
Día/mes/año
|
Hasta
Día/mes/año
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
6. Participación
en la compañía consultora:
Años
de Actividad
|
Posición
Actual
|
Actividad
Asignada en
El Proyecto
|
|
|
|
7. Experiencia profesional:
Empresa/Institución
|
Desde
Día/mes/año
|
Hasta
Día/mes/año
|
Ciudad
|
|
|
Teléfono
|
|
|
Cargo
|
|
|
Actividades
Relevantes
|
|
|
|
|
|
(Incluir información de cada
experiencia profesional en el formato detallado)
8. Otras
actividades profesionales en Entidades Públicas o Privadas
Nombre de la Entidad
|
Cargo y Funciones
|
Fechas ingreso/salida
|
|
|
|
|
|
|
Lugar y Fecha
___________________
(Firma y Nombre)
(Profesional Asignado al Proyecto)
Formulario
No. 7
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
PLAN DE TRABAJO
ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
Contendrá, entre otros lo siguiente:
l)
Desarrollo de objetivos, actividades, acciones,
productos y metas;
m)
Descripción del enfoque, alcance y metodología del
trabajo que revele el conocimiento de las condiciones generales, locales y
particulares del proyecto materia de la prestación del servicio de Consultoría;
n)
Organigrama estructural del servicio propuesto; y,
o)
Programa o programas de actividades, asignación de
profesionales y asignación de tiempo.
NOTA:
El
proponente desarrollará este formulario en las hojas que creyere conveniente
manteniendo el mismo formato.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma y Nombre)
(Consultor
o Representante Legal)
FORMULARIO No. 8
NOMBRE
DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
OFERTA ECONÓMICA
COSTO TOTAL
|
MONTO DE PAGO
USD dólares
|
COSTOS
DIRECTOS
|
|
COSTOS
INDIRECTOS
|
|
TOTAL
|
|
TOTAL: (detallar el total en letras) dólares
de los Estados Unidos de América, másIVA.
Adjuntar
detalle de costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento General de la LOSNCP.
Lugar y Fecha
__________________________
(Firma
y Nombre)
(Consultor
o Representante Legal)
Formulario.
No. 9
NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………...
(CÓDIGO
DEL PROCESO)
ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No.037-09
(sustitutiva
de la Resolución INCOP No. 028-09)
1. FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S),
ACCIONISTA(S)
O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA
OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones
y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).
(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE:
…………………………………………………………...
OBJETO DE LA
CONTRATACIÓN:……………………………………………………
CÓDIGO DEL PROCESO: ………………………………………………………………
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad
ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en
mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento
y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la
verdad, que:
1.- Libre y
voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines
única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;
2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a
la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o
a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal
información.
3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no
corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
a) Observando
el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo
19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;
b) Descalifique
a mi representada como oferente; o,
c) Proceda a
la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo
64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la
relación contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos
ocasionen.
4.-
Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi
representada esté domiciliado en un
paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada
inmediatamente.
5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la
transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones,
participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona
jurídica a la que represento. En caso de
no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado
el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes
de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo
26 de la LOSNCP.
TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía
Anónima
Compañía
de Responsabilidad Limitada
Compañía
Mixta
Compañía
en Nombre Colectivo
Compañía
en Comandita Simple
Sociedad
Civil
Corporación
Fundación
Asociación o
consorcio
Otra
NOMBRES
COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)
MAYORITARIO(S)
|
NÚMERO DE
CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO,
DE SER EL CASO
|
PORCENTAJE
DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
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DOMICILIO
FISCAL
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NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s)
mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar
los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s),
para lo que se usará el siguiente formato:
NOMBRES
COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)
|
NÚMERO DE
CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO,
DE SER EL CASO
|
PORCENTAJE
DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
|
DOMICILIO
FISCAL
|
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Atentamente,
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FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL
2. DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA
JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O
EXTRANJERAS
(A presentarse de
manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)
NOMBRE DEL OFERENTE: ..........................................................................
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
............................................................
CÓDIGO DEL PROCESO:
….......……………………….............................
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad Entidad Contratante)
Presente
De mi consideración:
El que suscribe, en mi calidad de representante legal
de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las
consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA
DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la
actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de
Valores:
1. Garantizo la veracidad y exactitud de la información
proporcionada en esta declaración, y autorizo a la entidad contratante, al
Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de
control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar
tal información.
2. Además, acepto que en caso de que el contenido de la
presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:
a. Observando
el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo
19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
b. Descalifique
a mi representada como oferente; o,
c. Proceda a
la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo
64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal
comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
d. Además, me
allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Atentamente,
……………………………………
FIRMA DEL REPRESENTENTA LEGAL
[1] Esta
disposición obedece a la política pública determinada mediante oficio T.1056
SNJ-09-2736, de 24 de diciembre de 2009, emitida por la Secretaría Nacional
Jurídica de la Presidencia de la República.
[2] La disposición sobre el valor
máximo por concepto de anticipo, se
incluye en virtud del oficio No. T.1056 SGJ-09-1552 de 18 de junio de 2009,
emitido por la Subsecretaría General Jurídica de la Presidencia de la
República.
[3] Esta disposición obedece a la
política pública determinada mediante oficio T.1056 SNJ-09-2736, de 24 de
diciembre de 2009, emitida por la Secretaría Nacional Jurídica de la
Presidencia de la República.
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