MODELO DE PLIEGOS
SUBASTA INVERSA
ELECTRÓNICA
Versión 2.1 Diciembre/2009
Actualizado en función de la Resolución INCOP No.
044-2010(15 de Junio de 2010)
(Nombre de la Entidad Contratante)
CÓDIGO
DEL PROCESO: (SIE) - (Siglas Entidad) –
(Número correlativo) - (Año)
Objeto de Contratación: (Tipo
de compra – Objeto del proceso de contratación)
(Ciudad) (Fecha)
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
(CÓDIGO DEL PROCESO)
ÍNDICE
SECCIÓN
I CONVOCATORIA
SECCIÓN II OBJETO
DE LA CONTRATACIÓN
SECCIÓN III CONDICIONES GENERALES
3.1 Ámbito de aplicación
3.2 Comisión Técnica
3.3 Participantes
3.4 Autoinvitación
3.5 Inhabilidades
3.6 Modelos obligatorios de pliegos
3.7 Obligaciones
del Oferente
3.8
Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.9 Modificación de los Pliegos
3.10 Convalidación de errores de forma
3.11 Causas de Rechazo
3.12 Adjudicación y Notificación
3.13 Garantías
3.14 Cancelación
del Procedimiento
3.15 Declaratoria de
Procedimiento Desierto
3.16 Negociación
3.17 Adjudicatario Fallido
3.18 Proyecto del Contrato
3.19
Moneda de Cotización y Pago
3.20 Reclamos
3.21
Administración del Contrato
SECCIÓN IV CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Presentación de la oferta
4.2 Vigencia de la oferta
4.3 Plazo de Ejecución
4.4 Precio de la Oferta
4.5 Forma de Pago
4.6 Preferencia
4.7
Procedimiento de evaluación y puja
4.7.1
BIENES
4.7.2 SERVICIOS
4.8
Obligaciones del contratista
4.9
Obligaciones de la contratante
4.10
Forma de presentar la Oferta
4.10.1 Requisitos mínimos
4.10.1.1 Oferta técnica
4.11 Anexos de las
Condiciones Específicas
4.11.1 Especificaciones técnicas
4.11.2 Presupuesto
Referencial
SECCIÓN
V PROYECTO DE CONTRATO
SECCIÓN VI MODELO DE FORMULARIOS
Formulario
No. 1 MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Formulario No. 2 DATOS GENERALES DEL OFERENTE
Formulario
No. 3 MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (De ser pertinente)
Formulario No. 4
SOPORTE TÉCNICO
Formulario
No. 5 REFERENCIA
RESOLUCIÓN INCOP 37-09
Formulario No. 6 DECLARACIÓN DEL AGREGADO NACIONAL
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CÓDIGO DEL PROCESO
SECCIÓN I
CONVOCATORIA
De
acuerdo con los Pliegos de Subasta Inversa Electrónica elaborados por (nombre de la entidad contratante), aprobados
por [1]
(nombre y cargo de la máxima autoridad), mediante Resolución (número y fecha), se convoca a las personas naturales y jurídicas,
nacionales o extranjeras, o asociaciones de éstas, o compromisos de asociación
o consorcio, legalmente capaces para contratar, a que presenten sus ofertas
para la ejecución de (descripción del bien o servicio
normalizado).
El
Presupuesto Referencial es de (valor en números y letras) dólares de Estados
Unidos de América, sin incluir el IVA, y el plazo estimado para la ejecución
del contrato es de …. (número de días, meses o años).
Las
condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:
1.-
Los pagos del contrato se realizarán con cargo a los fondos provenientes de la
partida presupuestaria (número de partida), de acuerdo con la certificación
emitida por (área responsable de la emisión de certificación de fondos) de (la
entidad contratante), contenida en el Memorando (número) de (fecha). Los pagos
se realizarán de conformidad con lo indicado en el proyecto de contrato.
2.-
Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gov.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso
cuarto del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública “LOSNCP”. El oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la
notificación de la adjudicación, pagará a la entidad el (valor en números). [2]
3.-
Los interesados podrán realizar preguntas y recibir respuestas y aclaraciones
de la Entidad Contratante, respecto al contenido de los Pliegos, a través del
portal.
4.-
La oferta técnica se presentará de forma física en (dirección de la Entidad
contratante), hasta las (hora) del día (fecha), de acuerdo con lo establecido
en el calendario del proceso.
5. El calendario del procedimiento de Subasta
Inversa se realizará de acuerdo a los siguientes plazos:
ETAPA
|
FECHA LIMITE
|
HORA
|
Publicación del proceso en
el portal
|
|
|
Fecha límite de preguntas
|
|
|
Fecha límite de respuestas y
aclaraciones
|
|
|
Fecha límite de recepción de
la Oferta técnica
|
|
|
Fecha límite para solicitar
convalidación de errores
|
|
|
Fecha límite para recibir
convalidaciones
|
|
|
Fecha límite para
calificación técnica de participantes
|
|
|
Fecha de Inicio de la puja
|
|
|
Fecha estimada de la
adjudicación
|
|
|
6.- Duración del proceso de puja: (indicar en
minutos, máximo sesenta).
7.- Variación mínima de la puja: (porcentaje del
presupuesto referencial).
8.- (Para el caso de bienes) Los oferentes
calificados y habilitados para participar en la puja, deberán subir al Portal la oferta económica
inicial hasta antes del inicio de dicha puja.
(Para el caso de servicios) Los oferentes calificados para participar en
la puja, deberán subir al Portal la oferta económica inicial hasta antes del
inicio de dicha puja.
9.-
Los requerimientos mínimos que deberá tener la documentación técnica de la
oferta se señalan en los pliegos, en la sección CONDICIONES ESPECÍFICAS.
10.-
El oferente adjudicado, previo a la suscripción del contrato, deberá presentar
las garantías de fiel cumplimiento del contrato por el cinco por ciento de su
valor, y del cien por ciento del valor del anticipo (de ser pertinentes), en
cualquiera de las formas establecidas en el artículo 73 de la LOSNCP.
11.-
El procedimiento se ceñirá a las disposiciones de la LOSNCP, su Reglamento
General y Resoluciones expedidas por el INCOP.
(Ciudad y
fecha)
FIRMA
DE LA MÁXIMA AUTORIDAD (O SU DELEGADO)
DE
LA ENTIDAD CONTRATANTE
SUBASTA INVERSA
ELECTRÓNICA
CÓDIGO DEL PROCESO
SECCIÓN II
OBJETO DE LA
CONTRATACION
Este
procedimiento precontractual tiene como propósito principal seleccionar la
oferta más conveniente para la (provisión/prestación del objeto del contrato).
(Se describirá de manera resumida: los bienes por
adquirirse, o los servicios por prestarse, con sus características y
requerimientos).
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CÓDIGO DEL PROCESO
SECCIÓN III
CONDICIONES GENERALES
3.1 Ámbito de aplicación: El procedimiento de subasta inversa
electrónica deberá utilizarse cuando se trata de adquirir un bien o de
contratar un servicio normalizado,
atendiendo a la definición establecida en el numeral 2 del artículo 6 de
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, y en el artículo 42 de su Reglamento General,
que no consten en el Catálogo Electrónico, cuya cuantía supere el monto
equivalente al 0.0000002 del Presupuesto Inicial del Estado.
(Instrucción exclusiva y obligatoria para el caso de la adquisición de
bienes: En primer lugar, la máxima autoridad de la entidad contratante, en la
calificación de participantes, determinará si existen ofertas cuyos
componentes de esos bienes son de producción nacional con base en la
información presentada por los proveedores. En este caso, solo se habilitará a
los productores nacionales, quienes podrán participar en la puja.
En el caso de ausencia de ofertas de producción nacional, la máxima
autoridad de la entidad contratante habilitará a los proveedores extranjeros
que han sido calificados.[3]
3.2 Comisión
Técnica:
Todo proceso de subasta inversa electrónica presupone la conformación
obligatoria de una Comisión Técnica, cuando el presupuesto referencial sea
superior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0.000002 por el
monto del presupuesto inicial del Estado, la misma que estará integrada de acuerdo al artículo 18 del
Reglamento General de la LOSNCP.
La comisión técnica podrá nombrar
subcomisiones de apoyo, observando para el efecto lo previsto en el artículo 19
del Reglamento General de la LOSNCP.
3.3 Participantes: La convocatoria está abierta para las personas naturales
o jurídicas,
nacionales o extranjeras, asociaciones de éstas o consorcios, que tengan interés en participar en este
procedimiento y que se encuentren habilitadas en el Registro Único de
Proveedores RUP en la categoría correspondiente al objeto del proceso de
contratación.
3.4 Autoinvitación: El
proveedor que a la fecha de la convocatoria no se encuentra habilitado en el
Registro Único de Proveedores, RUP, en la categoría correspondiente al objeto
del proceso de contratación, y tenga las condiciones técnicas y legales para
participar en él, podrá recategorizarse en la actividad respectiva, para lo
cual deberá acudir a las oficinas del RUP y presentar los documentos respectivos.
La autoinvitación es una opción del Portal www.compraspublicas.gov.ec que aparecerá una vez realizada la
recategorización, y que podrá utilizarse hasta la fecha límite de entrega de
ofertas, según el cronograma del proceso.
3.5
Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento
precontractual, por sí o por interpuesta persona, las personas que incurran en
las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de
la LOSNCP, y 110 y 111 del Reglamento
General de la LOSNCP.
De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario
establecido en la Resolución INCOP No. 037-09, de 27 de noviembre de 2009
(sustitutiva de la Resolución INCOP No.028-09).
3.6 Modelos obligatorios de pliegos: El
oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo de
pliego establecido por el INCOP.
(Conforme a lo dispuesto en el artículo 28 del
Reglamento General de la LOSNCP, cada Entidad Contratante deberá completar los
modelos obligatorios. La entidad Contratante, bajo su responsabilidad, podrá
modificar y ajustarlos a las necesidades particulares de cada proceso de
contratación, siempre que se cumpla con la LOSNCP y su Reglamento General, y el
contenido de la información de la oferta se solicite a través de los
formularios que son parte del modelo de pliegos).
3.7 Obligaciones del Oferente: Los oferentes
deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos
solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los
documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.
3.8 Preguntas, Respuestas y
Aclaraciones: Si el interesado, luego del análisis de los Pliegos
detecta un error u omisión o inconsistencia, o necesita una aclaración sobre
una parte de los documentos, deberá solicitarla a la entidad contratante a
través del portal, dentro del término establecido en la convocatoria, mínimo de
1 día o máximo de 3 días, contado a partir de la fecha de publicación. (La Entidad contratante) responderá las
aclaraciones solicitadas a través del portal, en el término establecido en la
convocatoria, que no podrá ser menor a 1 día o máximo de 3 días, contado desde
la fecha límite para recibir las preguntas.
3.9 Modificación de los Pliegos: La
Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por
propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren
el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que
deberán ser publicadas en el portal www.compraspublicas.gov.ec., hasta el término máximo de responder preguntas
o realizar aclaraciones.
Asimismo, la máxima
autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá cambiar el cronograma
con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal www.compraspublicas.gov.ec y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones; y,
posteriormente, en la etapa de calificación de participantes.
3.10 Convalidación de errores de
forma: Si se presentaren errores de
forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de
entre 2 a 5 días, a criterio de la entidad contratante. Así mismo,
dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta
documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la
LOSNCP. En este caso, la entidad contratante podrá recibir
físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una
de las ofertas presentadas, a fin de determinar todos los errores de forma
existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal www.compraspublicas.gov.ec a cada uno de los oferentes el requerimiento de
convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales
errores para efectos de ser calificados.
3.11 Causas de Rechazo: Luego de
evaluados los documentos del Sobre Único, la Comisión Técnica rechazará una
oferta por las siguientes causas:
3.11.1 Si
no cumpliera los requisitos exigidos en las condiciones generales, especificaciones
técnicas y formularios de estos pliegos.
3.11.2
Si se hubiera entregado la oferta en lugar distinto al
fijado o después de la hora
establecida para ello.
3.11.3
Cuando las ofertas contengan errores sustanciales, y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no
ser errores de forma. Los errores de
forma deberán ser obligatoriamente notificados al oferente respectivo, para que pueda convalidarlos.
3.11.4 Si
el contenido de los formularios presentados difiere del solicitado en los pliegos, condicionándolos o
modificándolos, de tal forma que se alteren
las condiciones previstas para la ejecución del contrato.
3.11.5 Si
se presentaren documentos con tachaduras o enmiendas no salvadas cuando no puedan ser convalidadas de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo 23
del Reglamento General de la LOSNCP.
Una oferta será descalificada en
cualquier momento del proceso, si se comprobare
falsedad o adulteración de la información presentada.
La
adjudicación se circunscribirá a las ofertas calificadas. No
se aceptarán ofertas alternativas.
Ningún oferente podrá intervenir con más de una oferta.
3.12 Adjudicación y Notificación: La máxima autoridad de la entidad contratante, con base a la
evaluación técnica y los posteriores resultados de la puja, adjudicará el contrato a la más conveniente
conforme a los términos establecidos en el numeral 17 del artículo 6 de la
LOSNCP, mediante resolución motivada. La adjudicación será total.
La notificación de la adjudicación se la realizará a través del portal www.compraspublicas.gov.ec, con la
respectiva resolución de adjudicación emitida por la máxima autoridad de la
entidad contratante, o su delegado.
3.13 Garantías: En este contrato se deberán
presentar las garantías previstas en los artículos 73, 74, 75 y 76 de la
LOSNCP.
3.13.1 La
garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por un valor igual
al 5% del monto total del contrato. No se exigirá esta garantía en el caso de
adquisición de bienes muebles que se entreguen al momento de efectuarse el
pago, tampoco en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el
coeficiente 0.000003 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
3.13.2 La
garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este
concepto.
3.13.3 Las
garantías técnicas, en el caso de que se contemple la provisión o instalación
de equipos a los bienes y/o servicios.
Las
garantías serán entregadas en cualquiera
de las formas establecidas en el
Artículo 73 de la LOSNCP. Sin embargo, para la garantía de fiel cumplimiento del contrato, únicamente
se rendirá en las formas establecidas en los numerales 1, 2 y 5 del artículo 73
de la LOSNCP.
La garantía
técnica cumplirá las condiciones establecidas en el artículo 76 de la LOSNCP, caso contrario se la remplazará
por una de las garantías señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP, por el valor
total de los bienes.
Las
garantías se devolverán conforme lo previsto en el Artículo 77 de la LOSNCP.
El valor máximo por
concepto de anticipo en contratos de adquisición de bienes y/o prestación de
servicios será del setenta por ciento (70%) del monto total del contrato. [4]
3.14 Cancelación del
Procedimiento: En cualquier momento
comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de
presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante
podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente
motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.
3.15 Declaratoria de Procedimiento
Desierto: El procedimiento será
declarado desierto antes de la adjudicación en los casos previstos en el
artículo 33 de la LOSNCP.
3.16 Negociación: En los casos que constan en el
artículo 47 (reformado) del RGLOSNCP no se realizará la puja y se realizará una
única sesión de negociación, la que se llevará a cabo cumpliendo las
condiciones de dicho artículo.
3.17
Adjudicatario Fallido: En caso
de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término de 15 días,
por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad
Contratante le declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta
condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la
LOSNCP.
Así mismo, de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo114 del Reglamento General de la LOSNCP, la entidad
contratante llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de
prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los
requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la
obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no
suscribe el contrato, la entidad declarará desierto el proceso, sin perjuicio
de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.
3.18
Proyecto del Contrato: Notificada la adjudicación, dentro de un término de 15
días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es
parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos
68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su
Reglamento General.
3.19
Moneda de Cotización y Pago: Las ofertas deberán presentarse
en dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la
misma moneda. La entidad contratante y el o los oferentes deberán considerar la
tarifa del Impuesto al Valor Agregado, IVA, vigente de acuerdo con la Ley de
Régimen Tributario Interno.
3.20 Reclamos:
Para el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos
relacionados con su oferta, se deberá
considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el
procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.
3.21 Administración del Contrato: La entidad contratante designará de
manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y
oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del
contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos
injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CÓDIGO DEL PROCESO
SECCIÓN IV
CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Presentación de la oferta: La oferta técnica,
se presentará en un sobre único en la Secretaría de la Comisión Técnica,
hasta la fecha y hora indicadas en la convocatoria.
No se exigirá a los oferentes la entrega de documentos que previamente
hayan sido entregados para efectos de habilitarse en el Registro Único de
Proveedores. Tampoco se exigirá que la documentación presentada por los
oferentes sea notarizada; únicamente el oferente adjudicatario deberá cumplir
con la entrega notarizada de documentos para la suscripción del contrato (de
ser el caso).
4.2 Vigencia de la oferta: Las ofertas se entenderán vigentes hasta (determinar vigencia), de
acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. [5]
4.3 Plazo de Ejecución: El plazo de
entrega de los bienes y/o prestación de
los servicios es de ………. (años, meses o días), contado a
partir de lo estipulado en el contrato.
4.4 Precio de la Oferta:
(Para el caso de bienes) La Entidad Contratante requiere
la provisión de (nombre de bien) que cumpla con todas las especificaciones y
características establecidas en los pliegos, a fin de que la entrega se realice
a plena satisfacción de la Entidad Contratante.
(En este espacio se deberán establecer
condiciones adicionales relacionadas con el precio, si se requiere que el mismo
incluya: transporte hasta el sitio de entrega, costo del seguro
correspondiente, instalación y montaje respectivos, costo de los materiales
necesarios, costo de las pruebas, costo de la capacitación, de ser el caso).
(Para el
caso de prestación de servicios) El precio de
la oferta deberá cubrir todas las actividades y costos necesarios para que el
oferente preste los servicios objeto de la contratación en cumplimiento de las
especificaciones correspondientes técnicas y a plena satisfacción de la entidad
contratante.
Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva
responsabilidad. Cualquier omisión se
interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan
presentar una oferta más ventajosa.
(En el caso de que un bien incluya la prestación de un servicio o
viceversa, el procedimiento de contratación a aplicar corresponderá al objeto
de contratación de mayor monto.)
4.5 Forma de Pago: Los pagos se realizarán de la manera prevista en la
Convocatoria y en el Proyecto de Contrato.
(Establecer si el pago se realiza contra entrega del bien o servicio
contratado, o si al prever entregas parciales, existirán pagos parciales. De pactarse un anticipo, el valor del mismo
no podrá ser mayor al setenta por ciento del valor del contrato).
4.6 Preferencia: A continuación se detalla la aplicación de los márgenes de preferencia
para Producción Nacional y Mipymes:
Como parte integrante de la
oferta técnica, se incluirá el formulario denominado Participación Nacional, en
el cual se indicará el porcentaje de agregado nacional del bien o servicio a
ofertar, cuya información servirá para evaluar el origen del bien o servicio
objeto de la contratación, de acuerdo a los siguientes parámetros.
Origen
nacional de un bien:
cuando el valor FOB de las mercancías importadas incorporadas en él, no sea
superior al 60% del precio ofertado, o dicho de otra manera, incorpore el 40% o
más de agregado nacional.
Origen
nacional de un servicio: si
el oferente es una persona natural o jurídica domiciliada en el país, y más del
60% de su oferta represente el costo de la mano de obra, materias primas e
insumos nacionales.
La información referente al
tamaño de la empresa para la aplicación de los márgenes de preferencia, con
relación a micro, pequeñas y medianas empresas será tomada de la información
que consta en el Registro Único de Proveedores RUP, de acuerdo a lo previsto en
el artículo 16 del Reglamento General de la LOSNCP.
Para
el caso de bienes: En función de lo establecido en la Sección
III Condiciones Generales, numeral 3.1, segundo inciso, si la subasta se
realiza entre proveedores de bienes de origen nacional se establecerán los
márgenes de preferencia con relación al tamaño del proveedor, de acuerdo con el
siguiente cuadro:
TIPO DE
PROVEEDOR
|
MARGEN DE PREFERENCIA
|
Mediano
|
(Grande) 5%
|
Mype
|
(Mediano) 5%
(Grande) 10%
|
Estos márgenes de preferencia
no son aplicables en el caso de que participen únicamente ofertas que no se
consideren de origen nacional.
Para
el caso de servicios: Se aplicarán los márgenes de preferencia
referente al origen del servicio y el tamaño del proveedor, detallados en el
siguiente cuadro:
ORIGEN
DEL SERVICIO
|
TIPO
DE PROVEEDOR
|
MÀRGENES
DE PREFERENCIA, RESPECTO A OFERTA:
|
|
EXTRANJERA
|
NACIONAL
|
||
EXTRANJERO
|
|
--
|
--
|
NACIONAL
|
GRANDE
|
10 %
|
--
|
NACIONAL
|
MEDIANO
|
15 %
|
(GRANDE) 5
%
|
NACIONAL
|
MYPE
|
20 %
|
(MEDIANO) 5 %
(GRANDE)
10 %
|
Estos márgenes de preferencia, se aplicarán a cada
una de las ofertas durante la Puja, para establecer los precios comparativos.
4.7 Procedimiento
de evaluación y puja:
4.7.1 BIENES:
a.- Calificación.-
Se analizará la oferta técnica
mediante la aplicación de la metodología “cumple o no cumple” (o “check list”),
posteriormente la entidad contratante
calificará las ofertas que
cumplan con todas las especificaciones y requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en
estos pliegos, para lo cual se utilizará el siguiente formato:
PARÁMETRO
SOLICITADO
|
PARÁMETRO
OFERTADO
|
CUMPLE
|
NO
CUMPLE
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
b.-
Habilitacion.-
Con base en la información
presentada por el proveedor en el formulario No. 6, el sistema informático del Sistema Nacional de Contratación
Pública –SNCP- habilitará a los
proveedores calificados en el siguiente orden:
b1.- Proveedores cuyo bien ofertado
sea de origen nacional;
b2.- De no existir oferta nacional,
se habilitará a los proveedores de bienes de origen
extranjero.
Una vez realizado este proceso, se subirá al portal el
Acta de Evaluación, conforme
indica el artículo 45 del Reglamento General de la LOSNCP.
c.-
Oferta económica inicial.-
Los
proveedores cuya oferta haya sido calificada y habilitada,
deberán enviar la oferta económica inicial a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, a fin de
participar en la puja.
Las ofertas económicas iniciales
presentadas a través del portal www.compraspublicas.gov.ec, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de
resultar adjudicado, aun cuando no participare
en el acto de la puja.
d.-
Puja.-
En
el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la puja hacia la baja
a través del portal www.compraspublicas.gov.ec, en la cual participarán únicamente los proveedores calificados,
habilitados y que hayan enviado su oferta económica inicial, cuyas ofertas se aplicarán los márgenes de preferencia
detallados anteriormente, según
corresponda.
e.-
Negociación única.-
De
existir una sola oferta calificada, o si una sola oferta resultare habilitada,
o un solo oferente presentare su
oferta económica inicial, se realizará una sesión de negociación de acuerdo a lo establecido en el artículo 47
(reformado) del RGLOSNCP.
4.7.2 SERVICIOS:
a.- Calificación.-
Se analizará la oferta técnica
mediante la aplicación de la metodología “cumple o no cumple” (o “check list”),
posteriormente la entidad contratante
calificará las ofertas que
cumplan con todas las especificaciones y requerimientos técnicos, financieros y legales exigidos en
estos pliegos, para lo cual se utilizará el siguiente formato:
PARÁMETRO
SOLICITADO
|
PARÁMETRO
OFERTADO
|
CUMPLE
|
NO
CUMPLE
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
b.-
Habilitacion.-
Considerando la información
presentada por el proveedor en el formulario No. 6, el sistema informático del Sistema Nacional de Contratación
Pública –SNCP- habilitará a los
proveedores calificados.
Una vez realizado este proceso, se subirá al portal el
Acta de Evaluación, conforme
indica el artículo 45 del Reglamento General de la LOSNCP.
c.-
Oferta económica inicial.-
Los
proveedores cuya oferta haya sido calificada y habilitada, deberán enviar la oferta económica inicial a través del
Portal www.compraspublicas.gov.ec, a fin de participar
en la puja.
Las ofertas económicas iniciales
presentadas a través del portal www.compraspublicas.gov.ec, obligan al oferente a cumplir las condiciones técnicas y económicas ofertadas en el caso de
resultar adjudicado, aun cuando no participare
en el acto de la puja.
d.-
Puja.-
En
el día y hora señalados en la convocatoria, se realizará la puja hacia la baja
a través del portal www.compraspublicas.gov.ec, en la cual participarán únicamente los proveedores calificados,
habilitados y que hayan enviado su oferta económica inicial, cuyas ofertas se aplicarán los márgenes de preferencia
detallados anteriormente, según
corresponda.
e.-
Negociación única.-
De
existir una sola oferta calificada, o si una sola oferta resultare habilitada,
o un solo oferente presentare su
oferta económica inicial, se realizará una sesión de negociación de acuerdo a lo establecido en el artículo 47
(reformado) del RGLOSNCP.
4.8 Obligaciones del contratista:
Se detallarán todas las obligaciones que deberá cumplir el contratista
para la correcta ejecución del contrato.
4.9 Obligaciones de la contratante: Así
mismo, se detallarán todas las obligaciones que deberá cumplir la entidad
contratante para la ejecución correcta del contrato.
4.10 Forma de presentar la Oferta: El oferente incluirá en su oferta la información que
se determina en los formularios que constan en la sección 6. Pueden utilizarse formatos elaborados en
ordenador a condición que la información sea la que se solicita.
4.10.1 Requisitos
mínimos:
4.10.1.1
Oferta técnica:
La Carta de Presentación
y Compromiso (Formulario No.1). El oferente,
para ser considerado, deberá:
·
Ofertar
todos y cada uno de los bienes y servicios ofertados.
·
Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor
Agregado IVA.
·
Datos
del oferente (Formulario No. 3).
·
Formulario
de agregado nacional (Formulario No. 6).
·
Información de accionistas de personas jurídicas
(Resolución INCOP No.037-09 Formulario No. 5).
(Demás
documentación que requiera la entidad contratante).
NOTA:
De acuerdo a lo dispuesto en la
resolución INCOP No. 012- 09 de 5
de marzo de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, las entidades
contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que
será suficiente para demostrar
que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos.
La
carátula de la oferta técnica será la siguiente:
SUBASTA INVERSA
ELECTRÓNICA
“CODIGO DEL PROCESO…………………………..”
SOBRE UNICO
Señor:
Máxima Autoridad (nombre de la entidad contratante)
Presente
PRESENTADA POR:
____________________________________
No se tomarán en cuenta las ofertas entregadas en otro lugar o después
del día y hora fijados para su entrega-recepción.
El Secretario de la Comisión Técnica (de ser el caso) recibirá y
conferirá comprobantes de recepción por cada oferta entregada y anotará, tanto
en los recibos como en el sobre de la oferta, la fecha y hora de recepción.
4.11
Anexos de las Condiciones Específicas:
4.11.1 Especificaciones técnicas: Se
incluirán las especificaciones técnicas
del bien o servicio a contratar.
(ESTABLECER AQUÍ LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS)
4.11.2
Presupuesto Referencial: El
Presupuesto Referencial es (monto del objeto de contratación determinado por la
Entidad Contratante, con sujeción al
Plan Anual de Contrataciones respectivo. Deberá contarse con la certificación presupuestaria respectiva), el mismo que deberá corresponder al total del objeto de la contratación.
SUBASTA INVERSA
ELECTRÓNICA
CÓDIGO DEL PROCESO
SECCIÓN
V
PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES
Comparecen a la celebración del presente contrato, por
una parte (Nombre de la
entidad contratante), representada por el (Nombre de la máxima autoridad), en
calidad de (Cargo), a quien en adelante se le denominará CONTRATANTE;
y, por otra (Nombre del contratista y de ser el caso del representante legal),
a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud
del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.01.- De
conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública –LOSNCP-, 25 y 26 de su Reglamento General, el Plan Anual
de Contrataciones de (la CONTRATANTE), contempla la ejecución de:
(describir objeto de la contratación).
1.02.- Previos los informes y los
estudios respectivos, la máxima autoridad de
(CONTRATANTE) resolvió aprobar los pliegos de la SUBASTA INVERSA
ELECTRÓNICA (SIE No.) para (describir
objeto de la contratación).
1.03.- Se cuenta con la existencia y
suficiente disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria (No.), conforme consta en la certificación conferida
por (funcionario competente),
mediante documento (identificar
certificación).
1.04.- Se realizó la respectiva
convocatoria el (día) (mes) (año), a través del portal www.compraspublicas.gov.ec.
1.05.- Luego del proceso correspondiente,
la máxima autoridad de (la
CONTRATANTE, o su delegado), mediante
resolución (No.) de (día) de (mes) de (año), adjudicó la adquisición de los
bienes y/o la prestación de servicios (establecer objeto del contrato) al
oferente (nombre del adjudicatario y de ser el caso la representación legal y el nombre).
2.01
Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos
a) Los
Pliegos incluyendo las especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios a
contratarse;
b)
La oferta presentada por el CONTRATISTA;
c)
Los demás documentos de la oferta del adjudicatario;
d) Las garantías presentadas por el CONTRATISTA;
e)
La resolución de adjudicación; y,
f)
Las certificaciones de (Dirección Financiera o dependencia a la que le
corresponde certificar), que acrediten la existencia de la partida
presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las
obligaciones derivadas del contrato.
Los
documentos que acreditan la calidad de los comparecientes y su capacidad para
celebrar el contrato deberán protocolizarse conjuntamente con el contrato.
Cláusula Tercera.- INTERPRETACION Y DEFINICION DE
TERMINOS
3.01.- Los términos del Contrato deben
interpretarse en su sentido literal, a fin de
revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su
interpretación sigue las siguientes normas:
1)
Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o en este contrato, se atenderá su tenor literal.
2)
Si no están
definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y
obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los
contratantes. De existir contradicciones entre el contrato y los documentos del
mismo, prevalecerán las normas del contrato,
3)
El contexto
servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera
que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía.
4) En
su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII
del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los
Contratos.
3.02.- Definiciones: En el presente contrato, los
siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a
continuación:
a)
"Adjudicatario", es el
oferente a quien la máxima autoridad de la (Nombre de la CONTRATANTE) le
adjudica el contrato;
b) "Comisión
Técnica", es la responsable de llevar adelante el proceso, a la que le
corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su Reglamento General,
los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren
aplicables.
c) “INCOP”, Instituto Nacional de
Contratación Pública.
d) “LOSNCP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública.
e)
"Oferente", es la persona
natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una "oferta",
en atención al llamado a subasta inversa electrónica;
f)
"Oferta", es la propuesta
para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el oferente a través de la
cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la
ejecución del proyecto. (nombre del proyecto);
Cláusula Cuarta.- OBJETO DEL CONTRATO
4.01.- El contratista se obliga
con la (CONTRATANTE) a (suministrar, instalar y entregar debidamente
funcionando los bienes) (proveer los servicios requeridos) a entera
satisfacción de la CONTRATANTE, (designar lugar de entrega o sitio), según las
características y especificaciones técnicas constantes en la oferta, que se
agrega y forma parte integrante de este contrato.
4.02.- (Caso de bienes)
Adicionalmente el CONTRATISTA proporcionará el soporte técnico, los
mantenimientos preventivo y correctivo respectivos por el lapso de (….)
contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega recepción
única, periodo que corresponde al de vigencia de la garantía técnica; entregará
la documentación de los bienes; (y, brindará la capacitación necesaria para
(número) servidores (en las instalaciones de la Entidad Contratante), impartida
por personal certificado por el fabricante) de ser el caso.
(Caso de servicios) Estipúlese lo
que la Entidad contratante considere pertinente en cuanto a correctivos o
actualizaciones del servicio que recibirá, incluyendo riesgos, de ser el caso).
Cláusula Quinta.- PRECIO DEL CONTRATO
5.01.- El precio del Contrato,
que la CONTRATANTE pagará al
CONTRATISTA es el de…(cantidad exacta en
números y letras), dólares de los Estados Unidos de América, valor que se
desglosa como se indica a continuación:
(El precio que pagará la
CONTRATANTE, será el que resultare ganador de la puja).
(Para bienes incluir tabla de cantidades y precios
corregida de la oferta)
(Para servicios incluir tabla del precio ofertado
con su desglose).
5.02 Los precios acordados en
el contrato por los trabajos especificados, constituirán la única compensación
al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o
tasa que tuviese que pagar.
Cláusula Sexta.- FORMA DE PAGO
6.01.- En esta
cláusula la entidad contratante detallará la forma de pago. De contemplarse la
entrega de anticipo (hasta un máximo del 70%) del valor contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya entregado al CONTRATISTA para la
adquisición de los bienes y/o prestación del servicio, no podrá ser destinado a
fines ajenos a esta contratación.
(En el caso de
adquisición de bienes, los pagos totales o parciales se realizarán contra el
Acta o Actas de Entrega Recepción Total o Parcial de los bienes adquiridos).
(En el caso de servicios, serán pagados contra la
presentación de la correspondiente planilla o planillas, previa aprobación de
la entidad contratante).
Cláusula Séptima.- GARANTÍAS
7.01.- De conformidad con lo dispuesto
en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP, el Contratista está obligado a
rendir las siguientes garantías:
a) De fiel cumplimiento.- El
contratista, antes de firmar el contrato, para seguridad del cumplimiento de
éste y para responder de las obligaciones que contrajera frente a terceros,
relacionadas con el contrato, rendirá a favor de la (Entidad Contratante) una garantía de las señaladas en los
numerales 1, 2 y 5 del artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al
cinco por ciento del valor total del contrato (que será entregada previo a la suscripción del contrato).
(No se exigirá esta garantía en los contratos de adquisición de bienes
muebles que se entreguen al momento de efectuarse el pago, tampoco
en los contratos cuya cuantía sea menor a multiplicar el coeficiente 0.000003
por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico).
b)
Del anticipo (en caso que se contemple).- En
garantía del buen uso del anticipo, el contratista entregará a la orden de la (Entidad Contratante), una garantía de
las señaladas en el artículo 73 de la LOSNCP, por un monto equivalente al 100%
del valor entregado por dicho concepto.
(Esta garantía no se exigirá en aquellos contratos cuyo
pago se realice contra entrega de los bienes).
c)
Garantía técnica (en bienes).- El
contratista, a la firma del contrato, presentará la garantía técnica del
fabricante. Esta garantía entrará en vigencia a partir de la recepción de los
bienes y durará (días, meses o años, conforme
a lo que se exija en los pliegos).
Durante
el plazo de vigencia de la garantía técnica, si la (Entidad Contratante) solicitare el cambio de piezas o partes de… (bienes objeto del contrato)
consideradas defectuosas, éstas serán reemplazadas por otras nuevas de la misma
calidad y condición sin costo adicional alguno para la Institución; y, en caso
de que el daño o defecto sea de tal magnitud, que impida que… (bienes objeto del contrato) funcionen
normalmente, estos serán cambiados por otros nuevos, sin que ello signifique
costo adicional para la (Entidad
Contratante), excepto si los daños hubieren sido ocasionados por el mal uso
de los mismos por parte del personal de la Institución o por fuerza mayor o
caso fortuito, en los términos señalados en el Artículo 30 de la Codificación
del Código Civil.
De
no presentarse la garantía técnica del fabricante, el Contratista deberá
presentar, de manera sustitutiva, una garantía económica equivalente al valor
total del bien respectivo, que deberá mantenerse vigente de acuerdo a los
pliegos, y que podrá ser rendida en cualquiera de las formas determinadas en el Art. 73 de la LOSNCP.
7.02.- Ejecución de las garantías: Las
garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los
siguientes casos:
1) La de fiel cumplimiento del contrato:
- Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente
terminado el contrato por causas imputables al CONTRATISTA;
- Si la CONTRATISTA no la
renovare cinco días antes de su vencimiento;
2) La del
anticipo:
·
Si
el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento; y,
·
En caso de terminación unilateral del contrato y que el
CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después
de diez días de notificado con la liquidación del contrato.
3)
La técnica:
·
Cuando
se incumpla con el objeto de esta garantía, de acuerdo con lo establecido en los pliegos y este
contrato.
Cláusula Octava.- PLAZO
8.01.- El plazo para la entrega y
ejecución (caso de bienes) de la
totalidad de los bienes contratados, (instalados,
puestos en funcionamiento, así como la capacitación, de ser el caso) (caso de
servicios: prestación del servicio) a entera satisfacción de la CONTRATANTE
es de (número de días, meses o años),
contados a partir de (fecha de entrega
del anticipo o suscripción del contrato).
(El plazo debe ser establecido por la entidad contratante y será de su
exclusiva responsabilidad).
Cláusula Novena.- PRÓRROGAS DE PLAZO
9.01.- El CONTRATANTE prorrogará el
plazo total o los plazos parciales, sólo en los siguientes casos, y siempre que
el CONTRATISTA así lo solicite, por escrito, justificando los fundamentos de
aquella, dentro de las cuarenta y ocho
horas subsiguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud:
- Por
causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por la
CONTRATANTE. La CONTRATISTA tiene la responsabilidad de actuar con toda la
diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de
fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se prorrogará por
un período igual al tiempo de duración de las causas indicadas;
- Por
suspensiones ordenadas por la CONTRATANTE y que no se deban a causas
imputables al CONTRATISTA.
- Si
la CONTRATANTE no hubiera cancelado el anticipo (de ser el caso)
contractual dentro del plazo establecido para ello.
9.02.- Cuando las prórrogas de plazo
modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de (la máxima autoridad de la Entidad
Contratante o su delegado).
Cláusula Décima.- MULTAS
(El porcentaje para el cálculo de las multas lo determinará la Entidad
en función del incumplimiento y de la contratación).
10.01.- Por cada día de retardo en la
ejecución de las obligaciones contractuales, se aplicará la multa de (valor
establecido por la entidad contratante, de acuerdo a la naturaleza del
contrato, en ningún caso podrá ser menos al 1 por 1.000 del valor del
contrato).
Cláusula Décima Primera.- CESIÓN DE CONTRATOS Y
SUBCONTRATACIÓN
11.01.- El CONTRATISTA no podrá ceder,
asignar o transferir en forma alguna ni todo ni parte de este Contrato. Sin
embargo podrá subcontratar determinados servicios, previa autorización de la
CONTRATANTE.
(ESTABLECER AQUÍ LA CLÁUSULA DE SUBCONTRATACIÓN, DE CONVENIRSE,
observando lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento General de la
LOSNCP).
11.02.- El CONTRATISTA será el único
responsable ante la CONTRATANTE por los actos u omisiones de sus
subcontratistas y de las personas directa o indirectamente empleadas por ellos.
Cláusula Décima Segunda.- OTRAS OBLIGACIONES DEL
CONTRATISTA
12.01.- A más de las obligaciones ya
establecidas en el presente contrato y en las Condiciones Generales, el
CONTRATISTA está obligado a cumplir con cualquiera otra que se derive natural y
legalmente del objeto del contrato y sea
exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal
específicamente aplicable.
12.02.- El CONTRATISTA se obliga al
cumplimiento de las disposiciones
establecidas en el Código del Trabajo y en la Ley del Seguro Social
Obligatorio, adquiriendo, respecto de sus trabajadores, la calidad de patrono,
sin que la CONTRATANTE tenga responsabilidad alguna por tales cargas, ni
relación con el personal que labore en la ejecución de los trabajos, ni con el
personal de la subcontratista.
Cláusula Décima Tercera.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE
13.01.- Son obligaciones de la
CONTRATANTE las establecidas en el numeral …… de las condiciones específicas de
los pliegos que son parte del presente contrato.
Cláusula Décima Cuarta.- RECEPCIÓN DEFINITIVA.
(De acuerdo al
artículo 81 de la LOSNCP, en los contratos de adquisición de bienes y
prestación de servicios, existirá solamente la recepción definitiva, sin
perjuicio de que, de acuerdo a la naturaleza del contrato -si se estableciere
que el contrato es de tracto sucesivo, es decir, si se conviene en recibir los
bienes o el servicio por etapas o de manera sucesiva-, puedan efectuarse
recepciones parciales).
14.01.-
La
recepción del (objeto de la contratación) se realizará a entera satisfacción de
la CONTRATANTE, y será necesaria la suscripción de la respectiva Acta suscrita
por el CONTRATISTA y los integrantes de la comisión designada por la
CONTRATANTE, en los términos del artículo 124 del Reglamento General de la
LOSNCP. La liquidación final del contrato se
realizará en los términos previstos por el artículo 125 del reglamento
mencionado, y formará parte del acta.
Cláusula Décima Quinta.- RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA:
15.01.- Son obligaciones de la
CONTRATISTA las establecidas en el numeral …… de las condiciones específicas de
los pliegos que son parte del presente contrato.
Cláusula Décima Sexta.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL
CONTRATO:
16.01.- La CONTRATANTE
designa al señor (nombres del designado), en calidad de Administrador del Contrato, quien deberá
atenerse a las condiciones generales y específicas de los pliegos que forman
parte del presente contrato.
Cláusula Décima Séptima.- TERMINACION DEL CONTRATO
17.01.- El Contrato termina:
1) Por
cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.
2) Por
mutuo acuerdo de las partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.
3) Por
sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la
resolución del mismo a pedido del CONTRATISTA.
4) Por
declaración anticipada y unilateral de la
CONTRATANTE, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP.
Además, se incluirán las siguientes causales:
4.1
Si el CONTRATISTA no notificare a la CONTRATANTE acerca de la transferencia,
cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier
cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.
4.2 Si la CONTRATANTE, en función de aplicar lo
establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia,
cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de
tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión
de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del
capital social del CONTRATISTA.
5) Por
[muerte del CONTRATISTA] / [disolución de la persona jurídica contratista, que
no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal
persona jurídica].
6) Por
causas imputables a la CONTRATANTE, de acuerdo a las causales constantes en el
artículo 96 de la LOSNCP.
El
procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el
previsto en el artículo 95 de la LOSNCP.
Cláusula Décima Octava.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
18.01.- Si se suscitaren divergencias o controversias en la
interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren
a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la
solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje (poner nombre
del Centro).
Para
que proceda el arbitraje, debe existir previamente el pronunciamiento favorable
del Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución
de la República del Ecuador.
18.02.- En el caso de que se opte
por la jurisdicción voluntaria, las partes acuerdan someter las controversias
relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a
arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
18.02.01.-
Mediación.- Toda
controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación
e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de
Mediación de.... en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante
este mecanismo de solución de
controversias, las partes se someten al
Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
18.02.02.- Arbitraje
- El arbitraje será en Derecho;
- Las partes se someten al Centro
de Arbitraje de (…);
- Serán aplicables las
disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del
Centro de Arbitraje de (…);
- El Tribunal Arbitral se
conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las
partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con
tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal
será el previsto en la Ley y en el Reglamento del Centro de Arbitraje
(….);
- Los árbitros serán abogados y
preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los
árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;
- Los asuntos resueltos mediante
el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última
instancia dictadas por la justicia ordinaria;
- La legislación ecuatoriana es
aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación;
- La sede del arbitraje es la
ciudad de….
- El idioma del arbitraje será el
Castellano
10.- El término
para expedir el laudo arbitral será de máximo 90 días, contados desde el
momento de la posesión del (los) árbitro(s).
18.03.- Si respecto de la divergencia o
divergencias suscitadas no existiere acuerdo, y las partes deciden someterlas
al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, será competente para
conocer la controversia el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo
que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público. Las
entidades contratantes de derecho privado, en este caso, recurrirán ante la
justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de
la condición jurídica de la CONTRATANTE).
18.04.- La legislación aplicable a este
Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el CONTRATISTA renuncia a utilizar
la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el
CONTRATISTA incumpliere este compromiso, la CONTRATANTE podrá dar por terminado
unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías.
Cláusula
Décima Novena.- CONOCIMIENTO DE LA LEGISLACION
19.01.-
El CONTRATISTA
declara conocer y expresa su sometimiento a la LOSNCP y su Reglamento General,
y más disposiciones vigentes en el Ecuador.
Cláusula Vigésima.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
20.01.- Todas las comunicaciones, sin
excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por
escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre la Fiscalización y el
CONTRATISTA se harán a través de documentos escritos, cuya constancia de
entrega debe encontrarse en la copia del documento y se registrarán en el libro
de obra.
Cláusula Vigésima Primera.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y
GASTOS
21.01.- La CONTRATANTE efectuara al
CONTRATISTA las retenciones que dispongan las leyes tributarias: actuará como
agente de retención del Impuesto a la Renta, de acuerdo al Artículo 45 de la
Ley de Régimen Tributario Interno; con relación al Impuesto al Valor Agregado,
procederá conforme a la legislación tributaria vigente.
La
CONTRATANTE retendrá el valor de los
descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ordenase y que
corresponda a mora patronal, por obligaciones con el Seguro Social provenientes
de servicios personales para la ejecución del contrato de acuerdo al artículos
86 y 87 de la Ley de Seguridad Social, publicada en el Registro Oficial,
Suplemento No. 465, de 30 de noviembre de 2001.
21.02.- El número de ejemplares que debe
entregar el CONTRATISTA a (la CONTRATANTE) es de xxx copias. En caso de terminación por mutuo
acuerdo, el pago de los derechos notariales y el de las copias será de cuenta
del CONTRATISTA.
Cláusula Vigésima Segunda.- DOMICILIO
22.01.- Para todos los efectos de este
contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de
(establecer domicilio)
22.02.- Para efectos de comunicación o
notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE: (Dirección y teléfonos);
El CONTRATISTA:(Dirección y teléfonos)
Cláusula Vigésima Tercera.- ACEPTACION DE LAS PARTES
23.01.- Libre y
voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo
convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA
CÓDIGO DEL PROCESO
SECCIÓN
VI
MODELOS
DE FORMULARIOS
Formulario
No. 1
NOMBRE DEL OFERENTE:
………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO
Fecha:
..................
Señor
(Máxima
Autoridad de la Entidad Contratante, o su Delegado )
Presente.-
Señor
Presidente:
El
que suscribe, en atención a la invitación efectuada por la (Entidad
Contratante), dentro de proceso de Subasta Inversa Electrónica para (objeto de
contratación), luego de examinar los pliegos, al presentar esta Oferta por (sus
propios derechos, si es persona natural) / (representante legal de ..., sí es
persona jurídica), o (procurador común de ……., sí se trata de asociación)
declara que:
1. (Suministrará
todos los bienes ofertados, nuevos de fábrica, completos, listos para su uso
inmediato, de conformidad con las características detalladas en esta oferta) /
(Prestar los servicios, de acuerdo con los Pliegos, especificaciones técnicas e
instrucciones; en el plazo y por los precios indicados en el Formulario de
Oferta).
2. La única
persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella,
sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no
aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.
3. Declara,
también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con
otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento
de Subasta Inversa Electrónica y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y
de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará
ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa;
así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o
indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o
resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas
en los términos de la normativa aplicable.
4. Al
presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y
especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
5. Al presentar
esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir
en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con
obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias
vigentes.
6. Se allana, en caso de que se comprobare
una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que
anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o
proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
7. Conoce
las condiciones del suministro y ha estudiado las especificaciones técnicas y demás Pliegos, inclusive sus
alcances (detallar los alcances en caso de haberlos), como consta por escrito
en el texto de esta carta, y se halla satisfecho del conocimiento adquirido.
Por consiguiente, renuncia a cualquier
reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de características y
especificaciones del (bien a suministrar o servicio a prestar).
8. Entiende
que las cantidades indicadas en el Formulario de Oferta (formulario No…) son
fijas y no podrán variar por ningún concepto.
9. Conoce y
acepta que (La Entidad Contratante) se reserva el derecho de adjudicar el
contrato o de declarar desierto el procedimiento convocado si conviniere a los
intereses nacionales e institucionales. En ningún caso,
los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso
de declaratoria de procedimiento desierto o de cancelación de procedimiento
10. Se
somete a las exigencias y demás condiciones establecidas en la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, su Reglamento General, las
resoluciones del INCOP y los Pliegos respectivos, en caso de ser adjudicatario.
11. Se
responsabiliza de la veracidad, exactitud de la información y de las
declaraciones incluidas en los documentos de la Oferta, formularios y otros
anexos, considerando que esta contratación se enmarca en el principio de la
buena fe; sin perjuicio de lo cual autoriza a (la Entidad Contratante), a
obtener aclaraciones e información adicional sobre las condiciones técnicas y
económicas del Oferente.
12. Bajo
juramento se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o
servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador
de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, (la
Entidad Contratante) dé por terminado en forma inmediata el contrato observando
el debido proceso, para lo cual se allana a responder por los daños y
perjuicios que estos actos ocasionen.
13. Bajo juramento, no estar
incurso en las inhabilidades generales y especiales e incapacidades para
contratar establecidas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP, y 110 y 111 de su Reglamento
General.
14.
En caso de que se le adjudique el
contrato, se obliga a:
- Firmar el
contrato dentro del término establecido en los pliegos. Como requisito
indispensable, antes de la suscripción del contrato, presentará la
garantía de fiel cumplimiento a la que se refieren las condiciones del
contrato, por el cinco por ciento (5%) del monto total del mismo y la
garantía del anticipo (de ser el caso), recibido por el 100% de su valor,
así como la garantía técnica correspondiente (para el de caso de bienes).
- Suscribir
el contrato dentro del término señalado en los pliegos.
- A entregar
el (bien o proveer el servicio) de conformidad con los pliegos y
documentos del contrato.
(Si
el oferente fuere extranjero, se añadirá un literal que dirá: Previamente a la
firma del contrato, el oferente se compromete a domiciliarse en el país,
conforme lo dispone el artículo 6 y la sección XIII de la Ley de Compañías; y,
a obtener el RUP.)
Atentamente,
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario
No. 2
NOMBRE DEL OFERENTE:
………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
DATOS GENERALES DEL OFERENTE
NOMBRE
DEL OFERENTE: (determinar si es persona natural, jurídica, consorcio o
asociación; en este último caso, se identificará a los miembros del consorcio o
asociación. Se determinará al representante legal o procurador común, de ser el
caso).
DIRECCIÓN
PARA CORRESPONDENCIA:
Ciudad:
Calle:
Teléfono(s):
Correo
electrónico:
CEDULA
DE CIUDADANÍA (PASAPORTE)
R.U.C:
BIENES
Y SERVICIOS QUE OFRECE:
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario
No. 3
NOMBRE DEL OFERENTE:
………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
MODELO DE CARTA DE CONFIDENCIALIDAD (De ser pertinente)
FECHA:
.................
Señor
(MÁXIMA
AUTORIDAD ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
Señor
Presidente:
El
que suscribe, en atención a la convocatoria efectuada por La (Entidad
Contratante), para la adquisición de (objeto de la contratación), declara que
se obliga a guardar absoluta reserva de
la información confiada y a la que pueda tener acceso durante las visitas
previas a la valoración de la oferta y en virtud del desarrollo y cumplimiento
del contrato en caso de resultar adjudicatario. La inobservancia de lo
manifestado dará lugar a que (la Entidad Contratante) ejerza las acciones
legales civiles y penales correspondientes y en especial las determinadas en
los artículos 200 y 201 del Código Penal vigente.
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario
No. 4
NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
SOPORTE TÉCNICO
Se indicará (si fuere del caso)
el alcance del soporte técnico que el oferente brindará a la entidad
contratante, incluida la capacitación.
(LUGAR Y
FECHA)
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR
COMÚN (según el caso)
Formulario
No. 5
NOMBRE DEL OFERENTE:
………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
REFERENCIA
RESOLUCIÓN INCOP No. 037-09 (sustitutiva de la Resolución INCOP No.028-09
5.1
FORMULARIO PARA IDENTIFICACION DEL SOCIO(S),
ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en
el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de
valores nacionales o extranjeras).
(A
presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)
NOMBRE DEL
OFERENTE: …………………………………………………………...
OBJETO
DE LA CONTRATACIÓN:……………………………………………………
CÓDIGO
DEL PROCESO: ………………………………………………………………
(Fecha)
Señor
(Máxima Autoridad
ENTIDAD CONTRATANTE)
Presente
De mi consideración:
El que
suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro
bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que
conlleva faltar a la verdad, que:
1.- Libre y voluntariamente presento la información que
detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el
presente proceso de contratación;
2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información;
y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación
Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para
comprobar tal información.
3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente
declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:
a)
Observando el debido
proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;
b)
Descalifique a mi
representada como oferente; o,
c)
Proceda a la
terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del artículo 64
de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación
contractual.
Además, me allano a responder por los daños y perjuicios
que estos actos ocasionen.
4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o
socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la
Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.
5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la
transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones,
participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona
jurídica a la que represento. En caso de
no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado
el contrato respectivo.
Esta obligación será aplicable también a los partícipes
de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo
26 de la LOSNCP.
TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía
Anónima
Compañía
de Responsabilidad Limitada
Compañía
Mixta
Compañía
en Nombre Colectivo
Compañía
en Comandita Simple
Sociedad
Civil
Corporación
Fundación
Asociación
o consorcio
Otra
NOMBRES
COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)
MAYORITARIO(S)
|
NÚMERO DE
CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO,
DE SER EL CASO
|
PORCENTAJE
DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
|
DOMICILIO
FISCAL
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|
NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s)
mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar
los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s),
para lo que se usará el siguiente formato:
NOMBRES
COMPLETOS DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S), PARTÍCIPE(S)
|
NÚMERO DE
CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O IDENFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO,
DE SER EL CASO
|
PORCENTAJE
DE PARTICIPACIÓN EN LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA PERSONA JURIDICA
|
DOMICILIO
FISCAL
|
|
|
|
|
|
|
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|
|
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|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Atentamente,
------------------------------------------------------
FIRMA EL
REPRESENTANTE LEGAL
5.2 DECLARACIÓN
DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE
NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS
(A
presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)
NOMBRE
DEL OFERENTE:
..........................................................................
OBJETO
DE LA CONTRATACIÓN:
............................................................
CÓDIGO
DEL PROCESO: ….......……………………….............................
(Fecha)
Señor
(Máxima
Autoridad Entidad Contratante)
Presente
De
mi consideración:
El que suscribe, en
mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento
y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la
verdad, que mi representada está
registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE
REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la
mencionada Bolsa de Valores:
1. Garantizo
la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y
autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación
Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las
investigaciones pertinentes para comprobar tal información.
2. Además,
acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no
corresponda a la verdad, la entidad contratante:
a. Observando
el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo
19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
b. Descalifique
a mi representada como oferente; o,
c. Proceda
a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del
artículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si
tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.
d. Además,
me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
Atentamente,
……………………………………
FIRMA
DEL REPRESENTENTA LEGAL
Formulario
No. 6
NOMBRE DEL
OFERENTE: ………………………………………………………..
CÓDIGO DEL PROCESO
DECLARACIÓN
DE AGREGADO NACIONAL
Señor
(Máxima Autoridad
ENTIDAD
CONTRATANTE)
Presente
De
mi consideración:
El que
suscribe, (por mis propios derechos o en calidad de representante legal de la
compañía …) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias
legales que conlleva faltar a la verdad, que:
Libre y
voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines
única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;
Declaro que el (bien o servicio)
ofertado tiene un valor agregado
nacional del ( %) respecto a su
costo de producción, el sustento del cálculo de dicho valor se encuentra en el
Formulario No. 6-A
Garantizo
la veracidad y exactitud de la presente información; y, autorizo a la Entidad
Contratante, al INCOP, o a un Órgano de Control, a efectuar averiguaciones para
comprobar tal información.
Autorizo
a que esta información se transparente a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec; y, doy mi consentimiento para que se realicen las
verificaciones o veedurias que sean pertinentes.
La falta de
veracidad de la información presentada por el oferente será causa de
descalificación de la oferta o de terminación unilateral del contrato, si ésta
se detectare en forma posterior
Atentamente,
(FECHA Y LUGAR)
-------------------------------------------------------
FIRMA DEL OFERENTE, SU
REPRESENTANTE LEGAL O PROCURADOR COMÚN (según el caso)
FORMULARIO 6-A
CÁLCULO
DEL PORCENTAJE DE VALOR AGREGADO
NACIONAL RESPECTO AL COSTO DE PRODUCCIÓN
(Desagregado
por elemento de costo)
ELEMENTOS DE
COSTOS DEL BIEN O SERVICIO
|
VALOR AGREGADO
NACIONAL
(%)
|
7) Valor
de materia prima e insumos de origen nacional de aplicación directa al bien o
servicio.
|
(a/CT)
x 100
|
8) Valor
de mano de obra utilizada en el país para la fabricación del bien o
prestación del servicio.
|
(b/CT)
x 100
|
9) Valor
de la tecnología de origen nacional aplicada en la elaboración del bien o
prestación del servicio: Gastos de investigación, desarrollo y Propiedad Intelectual.
(El
valor proporcional utilizado para este cálculo será el resultante de aplicar
el valor de amortización anual directamente en el período de fabricación del
bien o prestación del servicio desarrollado, objeto de la oferta, de acuerdo
a la Ley de Régimen Tributario Interno y su reglamento)
|
(c/CT)
x 100
|
10) Servicios,
incluidos los profesionales, prestados por personas naturales y jurídicas
nacionales para la fabricación del bien o prestación del servicio.
|
(d/CT)
x 100
|
11) Depreciación
de equipos instalados en las plantas industriales en Ecuador empleados para
la fabricación del bien, o prestación del servicio, de acuerdo a los
siguientes criterios:
·
Para la fabricación de
bienes o prestación de servicios, la depreciación no podrá ser realizada en
un tiempo menor de diez (10) años para herramientas, maquinarias, equipos e
instalación.
·
El valor de depreciación
será el valor histórico en libros. En
caso que no exista valor de depreciación, este concepto se lo realizará según
avalúo de activos.
·
El valor proporcional
utilizado para este cálculo, será el resultante de aplicar el valor de
depreciación anual obtenido de la maquinaria, equipos o instalaciones en el
período realmente utilizado directamente en la fabricación del bien o
prestación del servicio objeto de la oferta.
|
(e/CT)
x 100
|
TOTAL COMPONENTE NACIONAL
|
Suma de %
|
METODOLOGÍA
PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO 6-A
DEFINICIONES
Y CRITERIOS
Para efectos de
cumplimentar el formulario 6-A se deberá tomar en cuenta las siguientes
definiciones y criterios:
5) Valor Agregado Nacional. Es el resultado de la sumatoria de las
contribuciones porcentuales en la formación del
precio final de los diversos componentes de origen nacional, que se
utilizan para producir un bien o prestar un servicio.
6) Materia Prima, Insumos y
Equipos de Origen Nacional. Todos aquellos bienes, partes, materiales
producidos o fabricados en el país, incorporados en la producción de bienes, o
prestación de servicios objeto de la oferta.
7) Mano de Obra. Personal empleado, obreros y trabajadores
utilizados para la producción del bien, o prestación del servicio objeto de la
oferta, según los datos declarados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
IESS.
8) Tecnología de Origen
Nacional. Los
gastos documentadamente comprobables que en investigación, desarrollo y propiedad
intelectual, que hayan sido realizados en el país, para la fabricación del
producto, o prestación del servicio objeto de la oferta, en el % que
corresponda de acuerdo a la presente metodología
Para la
presentación de los componentes relacionados al cálculo del Valor de Agregado
Nacional, debe observarse el procedimiento estipulado en el Formulario 6-A.
No
serán considerados como Valor de Agregado Nacional:
2. Las
manipulaciones simples destinadas a asegurar la conservación de los bienes
durante su transporte o almacenamiento, tales como la aeración, refrigeración,
adición de sustancias, salazón, extracción de partes averiadas y operaciones
similares. Salvo en aquellos casos, que con ocasión a la cogestión se demuestre
que grupos de personas realicen este tipo de funciones dentro de la empresa.
3. Las
operaciones de desempolvamiento, lavado o limpieza, entresaque, clasificación,
selección, división en partes, cribado, tamizado, filtrado, dilución en agua,
aplicación de aceite y recortado.
4. La
formación de juegos de bienes.
5. La
reunión o división de bultos.
6. La
aplicación de marcas, etiquetas o signos distintivos similares a las marcas
nacionales.
7. El
servicio de post-venta y garantía de bienes y servicios importados, costos de
publicidad, promoción, comercialización y distribución.
8. Costos
administrativos, márgenes de utilidad, tributos, gastos de nacionalización y
otros costos que no intervengan directamente en el proceso productivo.
9. Cualquier
otra actividad que no cumplan los parámetros determinantes del Valor de
Agregado Nacional, establecidos en este instructivo.
Notas
:
- La
sumatoria de los elementos del cuadro anterior no necesariamente deben ser
el 100% ni tampoco superar dicho porcentaje.
- Los
valores de los parámetros a, b, c, d, e, de la columna de Valor Agregado
Nacional, corresponden a los
porcentajes de cada uno de ellos respecto al costo total (CT) del
objeto ofertado.
- El
Valor (CT), corresponde al Costo Total de Producción del bien o prestación
del servicio.
[1] Indicar acto administrativo o
decisorio, mediante el cual la máxima autoridad de la entidad contratante
aprobó los pliegos.
[2] 2 La entidad contratante de considerarlo necesario, podrá establecer
en los pliegos, un valor predeterminado a cobrarse al proveedor adjudicado, que
deberá tener estricta relación con los costos de levantamiento de textos,
reproducción y edición de los pliegos.
[3]
El procedimiento de calificación de productores nacionales, se incluye en virtud del oficio No. T.1056
SGJ-2009-2279 de 6 de octubre de 2009, emitido por la Subsecretaría General
Jurídica de la Presidencia de la República.
[4] La disposición sobre el valor
máximo por concepto de anticipo, se
incluye en virtud del oficio No. T.1056 SGJ-09-1552 de 18 de junio de 2009,
emitido por la Subsecretaría General Jurídica de la Presidencia de la
República.
[5] Si la entidad contratante no establece en los pliegos el plazo de vigencia
de la oferta, ésta se entenderá vigente hasta la fecha de celebración del
contrato.
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